Caduca el mandato de cuatro jueces del Constitucional

Caduca el mandato de cuatro jueces del Constitucional

Este domingo caducó el mandato de cuatro de los doce magistrados del Tribunal Constitucional (TC) sin que sepan ni cuándo ni cómo se les sustituirá.

Según la Constitución, el Gobierno y el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) deben renovar este tercio, proponiendo dos candidatos cada uno.

Sin embargo, ante la falta de acuerdo entre el PP y el PSOE para nombrar un nuevo CGPJ, éste no puede designar a los suyos.

Surge, entonces, la duda de si el Ejecutivo puede actuar nombrando a los suyos.

Y eso que socialistas y populares sí pactaron la renovación de otros órganos constitucionales, no así la del gobierno de los jueces.

Así, concretamente, expiran los mandatos de Pedro González-Trevijano (presidente del TC) y Juan Antonio Xiol (vicepresidente). Asimismo, los de los magistrados Antonio Narváez y Santiago Martínez-Vares.

Según se desprende del texto constitucional, se puede interpretar que la renovación de una tercera parte cada tres años debe ser en bloque.

Por tanto, el Gobierno y el CGPJ deben presentar un bloque único con los miembros propuestos por cada una de las partes.

Sin embargo, tras la reforma de la Ley Orgánica de Poder Judicial en marzo de 2021, el órgano de gobierno de los jueces no puede hacer nombramientos en funciones. Y esa es la situación desde diciembre de 2018.

No obstante, Félix Bolaños, ministro de la Presidencia, sugirió en una entrevista que el Ejecutivo podría nombrar a los dos jueces que le competen. Ello, aunque el CGPJ no pueda hacerlo.

Dicho esto, fuentes gubernamentales señalan que los nombramientos en plazos no sólo son una facultad, sino una obligación.

En consecuencia, el Gobierno puede y debe hacer sus nombramientos. El problema podría venir cuando la propuesta llegara al Pleno de la Corte de garantías sin los candidatos del CGPJ.

Según unas fuentes, desde el punto de vista jurídico es difícil que el TC llegara a bloquear esos dos nombramientos.

En cambio, se plantea qué sucedería si la situación fuera la contraria. Es decir, que no hubiera candidatos propuestos por el Ejecutivo y sí los dos del CGPJ. En ese caso, el debate jurídico se traslada al político.

Por otra parte, el Pleno podría concluir que la votación no tendría validez al no tratarse del tercio completo, como marca la Carta Magna.

No obstante, esas fuentes esperan que, cuando pasen las elecciones andaluzas, se retomen las negociaciones entre el PSOE y el PP.

Por ahora, lo que sí sucederá es que los cuatro magistrados que deberían ser sustituidos, podrán seguir en funciones.

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