La Superliga gana

La Superliga gana

Tras una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de este jueves, la Superliga del Real Madrid y el FC Barcelona, entre otros, será posible.

El fallo de la Gran Sala del TJUE ha dictado que el veto que la UEFA y la FIFA impusieron a la organización de esta nueva competición es ilegal.

Es más, la máxima instancia de la Justicia europea sostienes que las normas de ambas asociaciones no garantizan la transparencia, la proporcionalidad y la objetividad. Es decir, que deciden al antojo del los dirigentes de turno.

De este modo, el TJUE da respuesta a una cuestión prejudicial que envió el Juzgado de lo Mercantil número 17 de Madrid.

Así, el Alto Tribunal europeo alerta de que tanto la FIFA como la UEFA están “abusando de su posición dominante”.

Aplican, señala el TJUE, un control exclusivo sobre la explotación comercial de los derechos que se derivan de las competiciones que organizan.

No obstante, el fallo del Tribunal europeo no resuelve el litigio nacional. Tendrá que ser el nacional el que resuelva el litigio conforme a la sentencia del TJUE.

Yendo al contenido del fallo, el Alto tribunal sostiene que las normas de la FIFA y la UEFA “se oponen” al Derecho comunitario de competencia.

Cabe recordar que la organización de cualquier nueva competición de clubes de fútbol debe someterse a la aprobación de ambas asociaciones. Incluso, prohíben a clubes y jugadores participar en ellas si llegan a organizarse, con riesgo de sanciones.

Las dos asociaciones internacionales, advierte, “no están sujetas a ningún criterio que garantice su carácter transparente, objetivo, no discriminatorio y proporcionado”. Por tanto, se trata de un “abuso de posición dominante”.

La UEFA amenazó a los equipos de la Superliga

Además, considera que el control exclusivo de la explotación comercial de los derechos derivados de las competiciones puede restringir la competencia.

Asimismo, puede perjudicar a medios de comunicación, aficionados y espectadores puesto que se les impide beneficiarse de nuevas competiciones, posiblemente innovadoras o interesantes.

Aunque la sentencia reconoce que el deporte muestra características “específicas”, avisa de que organizar campeonatos de fútbol de clubes y su explotación comercial “son claramente actividades económicas”.

En consecuencia, debe someterse a las reglas de competencia comunitarias y deben aplicarse las normas de libre circulación.

Al mismo tiempo, sentencia que las normas de autorización, control y sancionadoras de UEFA y FIFA tienen un carácter “arbitrario”.

Por tanto, se las puede calificar como restricciones no justificadas a la libre prestación de servicios.

Dicho esto, el Alto tribunal europeo sostiene que, pese a sus consideraciones, una competición como la Superliga “no debe ser necesariamente autorizada”.

En todo caso, aclara, no se pronuncia sobre el proyecto en concreto porque las cuestiones prejudiciales eran acerca de las norma de las asociaciones en sentido general.

Por tanto, corresponde al Juzgado de lo Mercantil madrileño tomar una decisión. También, respecto a la explotación de los derechos de difusión.

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