Soluciones justas para nuestro territorio

Por Rafael Gómez Montoya.
Diputado autonómico. Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista en la Comisión de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio en la Asamblea de Madrid.

En los últimos 20 años, el urbanismo de la Comunidad de Madrid se ha caracterizado por ser una realidad legislativa en continuo cambio, así como por la absoluta ausencia de voluntad de consenso en las políticas urbanísticas.
El Gobierno del Partido Popular en Madrid nunca sometió a debate la necesidad de las sucesivas y numerosas modificaciones legislativas. Sin duda, el mal uso de la mayoría absoluta les hizo prescindir de la opinión de operadores, gestores, profesionales, colectivos, asociaciones, grupos y partidos políticos.
Las transformaciones urbanísticas perduran en el tiempo, alcanzando sus consecuencias, buenas o malas, a las generaciones venideras. Por ello se requiere de análisis exhaustivo, legalidad rigurosa y planificación global, que culmine en la tramitación legislativa necesaria, que convierta en realidad lo planteado. Hablamos de una materia donde es deseable la estabilidad de los marcos legislativos que rigen todo el proceso, entre otras razones para que las reglas del juego no cambien en mitad del partido. La seguridad jurídica lo es todo en democracia.
La vigente Ley que rige el urbanismo madrileño data de 2001 y ha sufrido más de 100 modificaciones. Estas modificaciones han tenido más que ver con proyectos puntuales, por no hablar de intereses puntuales, olvidando en muchos momentos el interés general.
Un ejemplo del proceder que venimos denunciando es la referida al derogado artículo 39.8 de la citada Ley, relativo a la prohibición de edificar por encima de tres alturas más ático en construcciones de viviendas.
Este polémico artículo ha generado descompensaciones e incluso la imposibilidad de desarrollar las edificaciones previstas, y al tiempo, cumplir con la obligatoriedad de cesión de terrenos dotacionales, espacios verdes o viales. En Leganés, más concretamente en San Nicasio, conocemos bien las consecuencias de esta “ocurrencia” del PP de Aguirre.
Nuestra valoración sobre la realidad urbanística en la Comunidad de Madrid es muy negativa y consideramos que debe ser profunda, urgente y radicalmente modificada.
Los socialistas madrileños consideramos que la región necesita una nueva normativa, no unas simples modificaciones y ajustes, consideramos que la Comunidad de Madrid precisa de un cambio en la estructura y en el contenido de la Ley.
Necesitamos una nueva ley con voluntad de perdurabilidad, y de estabilidad legislativa, por lo que debería ser fruto de un intenso trabajo de debate y acuerdo, no solo con el resto de las fuerzas políticas presentes en este momento en la cámara autonómica, sino con la sociedad en su conjunto.
Lo que ha presentado el Gobierno de Cristina Cifuentes como Proyecto de Ley de Urbanismo y Suelo de la Comunidad de Madrid (PL 3/17) se aleja de todo lo que los socialistas queremos para nuestra Comunidad en materia de planificación y estrategia territorial. No ha sido participada por los grupos parlamentarios de la Asamblea de Madrid, al menos no ha contado con el Grupo Socialista, ni con los operadores de suelo, ni arquitectos, ni juristas, ni entidades ciudadanas … siquiera los ayuntamientos de la región a través de la Federación de Municipios de Madrid. No es el resultado del consenso.
El Grupo Parlamentario Socialista registró el pasado 7 de junio 196 enmiendas, a un texto con 279 artículos, trabajadas a través de la comisión de urbanismo del PSOE-m y contrastadas con los movimientos sociales y colectivos interesados en el urbanismo y la planificación regional. Así, nos hemos reunido con la Federación Regional de Asociaciones de Vecinos de Madrid, ASPRIMA, Colegio de Arquitectos, Sindicatos, Ayuntamiento de Madrid, Ayuntamientos de la región, abogados y operadores en general, entre otras entidades y colectivos.
Las características de este Proyecto de Ley, alejado de la realidad de nuestra Comunidad y de los madrileños son, son entre otras:

  1. Se pretende establecer un sistema de regularización de los denominados “asentamientos no regularizados”. Regularizar situaciones ilegales sin exigir las cesiones que tuvieron que realizar quienes optaron por la vía legal significa consentir los comportamientos ilegales. No se deben obviar las correspondientes cesiones de aprovechamiento urbanístico y de dotaciones públicas (zonas verdes, espacios libres, equipamientos…)
  2. Se prevé usos excesivos del suelo no urbanizable protegido, permitiéndose, por ejemplo, que en estos suelos se pueda autorizar “la celebración de eventos esporádicos incluida la instalación en su caso de elementos de carácter exclusivamente desmontable”. El patrimonio natural es de todos.
  3. Se sigue manteniendo la cesión de aprovechamiento en el 10%, cuando el legislador estatal permite llegar hasta el 15%. Debe llegarse a la cesión máxima permitida por el Estado.
  4. Se ha reducido de forma espectacular el mínimo de cesiones dotacionales que se deja en 30 m2 de suelo por cada 100 construidos y se renuncia a establecer mínimo alguno para sistemas generales. Para poner en evidencia el cambio, basta recordar que la redacción primigenia de la Ley 9/2001 establecía un mínimo de cesiones de 120 m2 de suelo por cada 100 construidos.
  5. Se contempla la posibilidad de que se puedan destinar a equipamientos privados suelos que han sido obtenidos como equipamiento público mediante cesión obligatoria y gratuita, cuando lo adecuado sería permitir la implantación de cualquier equipamiento público en estos suelos, pero siempre garantizar el destino público que motivó su obtención.
  6. Se reduce a la mínima expresión la reserva de suelo para viviendas protegidas. Se debe hacer una apuesta decidida por la reserva de suelo para la vivienda protegida, que es una poderosa herramienta para conseguir la construcción de viviendas asequibles para los ciudadanos que tienen verdaderos problemas para acceder al mercado de la vivienda libre.
  7. No se contemplan las Normas Subsidiarias, instrumento de planeamiento que, en la actualidad, ordena urbanísticamente a 132 municipios de la Comunidad de Madrid. Pretender que, en 4 años, se sustituyan por Planes Generales de Ordenación urbana simplificados es irreal y el castigo por esa inadaptación (la imposibilidad de llevar a cabo modificación alguna, parece excesivo.
  8. Se continúa estableciendo que la participación de los ciudadanos en la formulación del planeamiento se producirá con posterioridad a la redacción del avance, cuando resulta adecuado que la participación ciudadana se realice “para” la redacción del avance y con motivo de su redacción.
  9. Se continúa estableciendo la competencia absoluta de la Comunidad de Madrid para la aprobación definitiva del planeamiento general, cuando debería permitirse una mayor competencia de los Ayuntamientos con mayor población (por ejemplo, 50.000 habitantes) para que pudiesen aprobar definitivamente los planes generales, sin perjuicio de que la Comunidad de Madrid pudiese emitir, con base en sus competencias, un informe preceptivo y vinculante.
  10. Las actuaciones sobre el medio urbano es manifiestamente insuficiente. Tan sólo 14 artículos de 279, cuando la actuación sobre la ciudad existente debería ser la estrella del anteproyecto. Además, estos artículos se limitan a recoger la normativa estatal y vinculan estas actuaciones al suelo urbano no consolidado.
  11. Se regula un sistema de habilitación a las llamadas “entidades privadas colaboradoras” que puede significar una privatización encubierta del ejercicio de funciones públicas. Ningún problema debe existir para la colaboración de entidades privadas en el ejercicio de potestades públicas, pero la decisión última siempre debe ser de la Administración pública.
  12. Se sigue contemplando la posibilidad de enajenación directa de los bienes integrantes del Patrimonio Público de Suelo, cuando no debiera contemplarse en ningún supuesto la posibilidad de enajenación directa.
  13. No se establece la sujeción directa a los derechos de tanteo y retracto en favor de la Administración pública de las transmisiones de suelos o viviendas sujetas al régimen de protección pública, sino que debe articularse a través de una previa delimitación de áreas de tanteo y retracto. El ejercicio efectivo de los derechos de tanteo y retrato es un mecanismo eficaz para garantizar el destino de las viviendas protegidas a aquellos ciudadanos que son los verdaderos destinatarios de estas viviendas.
  14. Se regulan de forma detallada el régimen jurídico de los convenios urbanísticos, cuando si el urbanismo es, en verdad, una función pública no es preciso realizar contrato alguno con los afectados. No se puede olvidar que los convenios urbanísticos han sido una herramienta clave en los supuestos de corrupción urbanística.
  15. Se pretende convertir en bienes patrimoniales aquellos terrenos que fueron objeto de cesión a la Comunidad de Madrid en concepto de redes supramunicipales. Se trata claramente de bienes destinados a dotaciones públicas, por lo que, bajo ningún concepto, deben dejar de ser bienes demaniales y por lo tanto de propiedad pública. El intento de convertirlos en patrimoniales esconde un evidente intento de enajenarlos.

La nueva Ley de suelo de la Comunidad de Madrid debe ser una Ley integral del territorio, que incorpore aspectos de ordenación del territorio, urbanismo, fundamentalmente rehabilitación y regeneración urbana, y medio ambiente. La nueva Ley debe ser breve con principios básicos, únicamente aquellos aspectos que deben regularse por Ley, más un reglamento completo. Y todo con el máximo consenso.

Esta no es nuestra Ley, ni la de los ciudadanos y ciudadanas; tampoco de operadores, ayuntamientos ni profesionales del sector. Por esa razón presentamos una enmienda a la totalidad del Proyecto de Ley que se debatió el pasado jueves 2 de noviembre y fue rechazada por la derecha de la cámara, PP y Ciudadanos, los redactores del Proyecto de Ley.
Los socialistas trabajaremos para tener una Ley que sirva a los madrileños, a todos; ya vale de legislar sólo para unos pocos siguiendo el guion sempiterno del Partido Popular. Eso sí, lo haremos en fase de ponencia en el seno de la Comisión de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio ya que el Proyecto de Ley sigue su camino.
Soluciones justas para nuestro territorio. Desde la gestión del suelo es posible poner remedio a muchas situaciones de dificultad, también las sociales. Y en ese trabajo debemos volcarnos.

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