El Juzgado sentencia que el Pazo de Meirás es del Estado y ordena a la familia de Franco que lo devuelva

El Juzgado sentencia que el Pazo de Meirás es del Estado y ordena a la familia de Franco que lo devuelva

El Pazo de Meirás pertenece al Estado y la familia Franco tendrá que devolverlo a manos públicas. Así lo ha sentenciado el Juzgado de Primera Instancia número 1 de A Coruña. Se estima de este modo la demanda presentada por la Abogacía del Estado. A ella se adhirieron la Xunta de Galicia, los ayuntamientos de Sada y A Coruña y la Diputación Provincial.

El juicio acerca de la propiedad del Pazo de Meirás se celebró el pasado mes de julio. Menos de dos meses después hay una sentencia que resulta favorable para el Estado. Han tenido que pasar 20 años de este siglo para que la Justicia haya decidido por primera vez que la familia Franco se atribuyó una propiedad al margen de la ley.

Ha sido la magistrada Marta Canales quien ha decidido condenar a la familia del dictador a devolver la propiedad a su legítimo propietario, el Estado español.

Se declara, de este modo, la nulidad de la donación hecha en 1938 a Francisco Franco. Además en la sentencia se concluye que la compra-venta llevada a cabo el 24 de mayo de 1941 fue una “simulación”. En consecuencia, se declara la nulidad de la misma “por carecer del requisito esencial de forma”

La familia Franco argumentó que existía un documento de compra en la que actuó como intermediario Pedro Barrié de la Maza. La jueza considera que ese trámite fue una “ficción” realizada “sólo con el objeto de poner el bien con su nombre”.

La magistrada concluye en su auto que el Pazo de Meirás se donó a Franco, pero en calidad de jefe del Estado. Eso, aunque fuera todavía en plena Guerra Civil. Por tanto, no fue una donación a título particular, de tal modo que se trata de una propiedad que pertenece al patrimonio público.

La Junta pro Pazo del Caudillo compró el Pazo de Meirás para donarlo a Franco

Esa donación la hizo la llamada Junta pro Pazo del Caudillo. Ésta se constituyó para comprar “una finca para ser regalada o donada en nombre de la provincia de La Coruña al Generalísimo de los Ejércitos y Jefe del Estado Nacional Excmo. Sr. D. Francisco Franco Bahamonde”.

La jueza entiende que “su nombre era Francisco Franco Bahamonde, pero no se le regala a él por sí mismo, sino al jefe del Estado”. Tampoco estima, de este modo, el argumento sostenido por la familia del dictador de que la anterior propietaria y heredera de Emilia Pardo Bazán vendió la propiedad a esa Junta para que fuera a parar a manos de Franco.

Es más, sostiene que la documentación del sumario “no arroja dudas”, al referirse los documentos “al caudillo”

El fallo del Juzgado supone otro mazazo para la familia del dictador, que en los últimos años se ha empeñado en litigar con el Gobierno gallego. Permanentemente ha puesto todo tipo de obstáculos para permitir las visitas públicas a las que están obligados.

No obstante, la sentencia no es firme puesto que cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de A Coruña. No lo tendrán fácil los seis nietos de Franco. La resolución también señala que el Estado ha acreditado “de forma contundente” la posesión pública, pacífica, ininterrumpida y en concepto de dueño”.

Además, la jueza responde al cuestionamiento de la familia del dictador que sostiene que no se ha reclamado nada durante más de cuatro décadas. El Estado, dice la magistrada, “nunca renunció a sus derechos”. Si la demanda no se presentó antes fue porque no se daban las circunstancias históricas ni sociales.

Madurez del sistema democrático

Y en eso abunda al señalar que dicha demanda surge tras “un importante estudio histórico y de un consenso social, logrado tras muchos años, que responde a una madurez de nuestro sistema democrático”.

Por último, cabe destacar que la familia Franco no tiene derecho a indemnización alguna por los gastos de mantenimiento en los que, dicen, incurrieron. La jueza se basa en que la propiedad llegó a manos de ellos “de mala fe”.

Para ello, argumenta que queda demostrado por el hecho de que el dictador aceptó la donación en calidad de jefe del Estado. En cambio, tres años después “simuló” la compra “con la sola finalidad de inscribir este bien a su nombre en el Registro de la Propiedad, sin mediar precio alguno”.

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