El gobierno prohíbe la venta a pérdidas de súper e híper que compensan con beneficios financieros

El gobierno prohíbe la venta a pérdidas de súper e híper que compensan con beneficios financieros

La venta a pérdidas está prohibida desde hoy en supermercados e hipermercados. Tampoco se podrán llevar a cabo promociones engañosas de productos. Ello es debido al paquete de medidas que ha aprobado el Ejecutivo con el objetivo de garantizar unos precios justos a los agricultores y ganaderos. La entrada en vigor de este paquete de medidas pretende aliviar la crisis que sufre el campo.

El Real Decreto-ley, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el miércoles, entra hoy en vigor. En la norma se recogen medidas urgentes que desemboquen en el justo reparto de los costes del sector primario durante la cadena alimentaria. De ahí la prohibición de la venta a pérdidas es indispensable. Se contemplan además sanciones más reforzadas.

A partir de ahora, algunas infracciones que antes eran consideradas leves pasarán a ser graves. Es el caso de no realizar los contratos alimentarios por escrito, modificar el precio o no incluir el precio.

Además de la venta a pérdidas, se prohíbe la promoción dudosa

También serán infracciones graves la venta a pérdidas y hacer promociones que lleven a error acerca del precio e imagen de los productos.

Sanción entre 100.000 euros y un millón de euros para aquellos supermercados e hipermercados que realicen venta a pérdidas de modo reiterado.

Luis Planas, ministro de Agricultura, aseguró que “se prohíbe la destrucción de valor en cada elemento de la cadena, ni la industria ni la distribución podrán vender por debajo del precio que haya costado producirlo, con la excepción de productos perecederos para evitar el despilfarro alimentario”, insistiendo que el consumidor no pagará costes superiores.

Por otra parte, desde el 1 de enero de 2020 tiene efecto la modificación en la Ley del IRPF que busca mejorar este impuesto de aquellos jóvenes que perciben ayudas en los programas de desarrollo rural de las comunidades autónomas.

Del mismo modo, la norma que hoy ha entrado en vigor, el Real Decreto-ley del Gobierno, reduce el número de peonadas necesarias en el campo para tener derecho a recibir el subsidio agrario, bajando a 20 de 35.

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