Editorial “El acercamiento de presos”

No se trata más que acertar con el cumplimiento de la legalidad. Es lo que nos diferencia de aquellos que incumplen la norma. El acercamiento de presos se inserta de lleno en nuestra Constitución, en nuestras leyes y en nuestro reglamento penitenciario.
El artículo 25 de la Constitución habla de la reinserción como mecanismo para hacer justicia y reparar socialmente el daño causado. Y, de ese marco constitucional, emanan las medidas que a continuación se detallan.
La Ley General Penitenciaria, que data de 1979, en su artículo 12 habla de evitar en la medida de lo posible el desarraigo. En ese sentido, el Reglamento Penitenciario, que data a su vez de 1996, deja claro que el acercamiento de presos es compatible con la lucha contra el desarraigo y la reinserción.
Así pues, con todo el respeto a las víctimas, el cumplimiento de las normas nos diferencian de aquellos que las incumplieron cruelmente.

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