“Los socialistas en los ayuntamientos” (I), por Eusebio Lucía Olmos.

Eusebio Lucía Olmos.

El aporte de los concejales socialistas a la consolidación de los ayuntamientos democráticos españoles a partir de 1891, supuso una importante contribución a la construcción de los cimientos de una incipiente sociedad democrática. En aquellos primeros años de lanzamiento del partido obrero, fueron dos sus pretendidos objetivos fundamentales: el establecimiento de una organización sindical que facilitase la mejora de las condiciones de vida de los trabajadores y el acceso de éstos a las instituciones estatales a través de la angosta puerta que suponían los ayuntamientos.

Ya en su segundo Congreso, celebrado en Bilbao en agosto de 1890, y aprovechando el restablecimiento del “sufragio universal” masculino, el partido había decidido participar en los diferentes procesos electorales que se convocasen en el Estado, en línea con lo defendido por los partidos de la II Internacional de la que formaba parte. Aunque, lo cierto es que tal resolución fue tomada más como ocasión propicia de difundir la ideología y programa socialistas que pensando en la obtención de cuotas prácticas de poder, a las que de antemano sabían de su difícil acceso, habida cuenta de las complicadas circunstancias electorales que envolvían aquellos procesos.

Y no era para menos, pues nada más ser aprobada en el mes de junio por un gobierno liberal dicha ley electoral del sufragio universal, Sagasta, su presidente, se vio forzado a dimitir, retornando el conservador Cánovas del Castillo, quien suspendió las Cortes dos días después del acto de la jura ministerial. En el mes de noviembre, con las Cortes aún suspendidas, el rey firmó una Real Orden que incluía “la adaptación de la ley electoral vigente a las elecciones de diputados provinciales y concejales”. Tal “adaptación” no era sino el mantenimiento de los antiguos criterios censitarios y de capacitación en las condiciones de elegibilidad de los concejales, ya que se obligaba a los candidatos, además de llevar al menos cuatro años de residencia en el término municipal, y haber abonado una cuota directa en las listas de contribuyentes por el impuesto territorial o por el de subsidio industrial y de comercio. Es decir, en lugar de adaptar la ley municipal a la electoral vigente, Cánovas puso en marcha mecanismos para desfigurar el sufragio universal en su aplicación municipal, con lo que se produjo la curiosa paradoja de que los obreros eran elegibles para ser diputados, pero no para ser concejales.

En esas condiciones asumieron los socialistas por vez primera su participación en unas elecciones a Cortes, presentando sus candidaturas a las convocadas por el gobierno Cánovas para el 1 de febrero de 1891, en las que obtuvieron unos pobres resultados, incluso en el territorio español de mayor expansión de aquel primitivo socialismo como era el País Vasco. La corrupción del sistema del sufragio, las calumnias y difamaciones que les lanzaron desde los demás partidos y la abstención electoral preconizada por los anarquistas, fueron los motivos que justificaron el rechazo popular a sus candidaturas, a pesar de la ilusión puesta por toda la organización en el proceso.

Ante la gran decepción producida, la reacción de la dirección del partido a la convocatoria de las municipales del día 10 de mayo, fue dar libertad a las agrupaciones para presentarse o no, habida cuenta de la famosa “adaptación” de la ley electoral para presentarse candidato a concejal. Y fueron sólo dos agrupaciones las que decidieron presentarse en toda España, siendo la madrileña el ejemplo más significativo de las que renunciaron a hacerlo. El resultado fue acorde con la oferta, obteniendo cuatro concejales en Bilbao y uno en el próximo enclave minero de La Arboleda (San Salvador del Valle). Sin embargo, la aplicación de la “adaptación” de la ley motivó que solamente uno de ellos pudiera ser proclamado concejal por Bilbao: el carbonero Manuel Orte y Andrés, quien por ser el único que pagaba contribución por un modesto despacho de carbón, se convirtió en el primer cargo público socialista de España. Los otros cuatro, por ser obreros, fueron inhabilitados para ejercer los cargos para los que habían sido elegidos.

A pesar de las continuas reclamaciones de los socialistas por lo injusto del hecho, que lograron se introdujese alguna pequeña modificación de dichos criterios censitarios en 1903, la ley electoral mantuvo dichas desigualdades hasta ser aprobado el texto de agosto de 1907, que reincorporaba el antiguo de “Serán elegibles para el cargo de Diputado a Cortes y Concejal todos los españoles varones de estado seglar, mayores de veinticinco años, que gocen de todos los derechos civiles”. El punto final a los criterios censitarios fue muy bien valorado por los socialistas, atribuyéndose en justicia parte del éxito a su presión.

En cualquier caso, la decisión de presentar candidaturas socialistas, a pesar de las dificultades, a los procesos electorales convocados fue generalizándose, suponiendo el lento inicio de su participación en las instituciones políticas del Estado como elemento fundamental para la transformación de la sociedad, permitiéndoles comprobar la diferencia de esta estrategia con la de sus rivales bakuninistas que promovían la abstención electoral, pensando que era suficiente con que los trabajadores se organizasen para luchar económicamente contra los patronos. El tercer Congreso socialista, celebrado en Valencia en agosto de 1892, acordó la presentación únicamente de candidatos afiliados al partido, tanto para las elecciones municipales como las regionales y generales, y que contasen además con posibilidades ciertas de obtener el triunfo electoral, siendo siempre auspiciados por sus respectivas agrupaciones. Se aprobó también un programa municipal que estaría vigente hasta 1919, y que de manera resumida recogía los siguientes puntos:
1.- Abolición de todos los impuestos que perjudiquen a la clase trabajadora.
2.- Fijación de un salario mínimo para los empleados y obreros del municipio que les permitiera satisfacer sus primeras necesidades. Este salario se determinaría todos los años por el Ayuntamiento de acuerdo con las sociedades obreras de resistencia.
3.- Jornada máxima de ocho horas para todos los trabajos y servicios del municipio.
4.- Cantinas escolares donde se diese gratuitamente una comida sana a los hijos de los trabajadores, en el tiempo que media entre la clase de la mañana y la de la tarde.
5.- Dar todos los años a estos niños ropa y calzado, un traje y un par de botas o zapatos a la entrada del invierno y otro par de botas a la entrada del verano.
6.- Asistencia médica y servicios farmacéuticos gratuitos.
7.- Creación de asilos o refugios para la asistencia de los ancianos y los inválidos.
8.- Ídem de casas de refugio nocturno y distribución de víveres para viandantes y los que buscasen colocación, sin tener residencia fija.
9.- Ídem de casas de maternidad para los niños cuyas madres tuvieran que abandonarlos durante el día o la  noche, para ir al taller o fábrica.
10.- Ídem casas de baños y lavaderos públicos gratuitos.
11.- Ídem bolsas de trabajo o edificios donde tuvieran domicilio gratis y local para celebrar reuniones las sociedades obreras que se propusieran mejorar la condición de los individuos o de su clase.
12.- Abolición de las subvenciones de carácter religioso.
13.- Retribución de las funciones municipales con arreglo al salario máximo que percibieran los trabajadores, a fin de que los concejales obreros pudieran desempeñar el cargo.
14.- Exigir el exacto cumplimiento de las ordenanzas municipales en todo cuanto favoreciera a los trabajadores y principalmente en lo que se refiere a la higiene de las habitaciones, análisis de los artículos alimenticios, derribo de las casas denunciadas y andamiaje de las obras.

Las actas de los plenos municipales nos permiten hoy comprobar la tenacidad con que defendían aquellos solitarios y valientes concejales socialistas sus propuestas y mociones, que eran mayoritariamente rechazadas por el resto de fuerzas políticas representadas en las corporaciones, siguiendo el dictado del caciquismo y el clientelismo vigentes. No obstante, no era ello motivo de que se mostrasen, ni mucho menos, acobardados, ya que mantenían la defensa de las mismas reivindicaciones, que habían sido aprobadas por todos los compañeros de la agrupación en adaptación del programa municipal aprobado en Valencia, con la posterior información para la población, que iba conociendo las características y personalidad de los socialistas.

Tal perseverancia en la defensa de sus posturas fue haciendo crecer unos fuertes vínculos existentes entre aquel exiguo número de militantes, concejales y dirigentes, a la vez que una merecida fama de ejemplar conducta de todos ellos. Frente a la escasez de medios materiales, los socialistas mantenían siempre ésta, orientada por una moral estricta en la que exigían austeridad, honradez, responsabilidad, constancia y coherencia. La actividad de los concejales no estaba remunerada en modo alguno, por lo que la asistencia a los plenos solía sufrir un elevado absentismo. No obstante, y a pesar de que los ediles socialistas no solían faltar a ellos, estaban obligados a justificar su inasistencia en casos de fuerza mayor.

De este modo, hasta 1903 en que se produjo el tan deseado éxito electoral en las municipales, el PSOE no pasó de obtener algunos concejales en unos pocos núcleos urbanos de implantación industrial, para iniciar su crecimiento a partir de entonces, incluso contando ya con el primer alcalde socialista en la persona de José Herrero, quien lo fue del pequeño municipio vallisoletano de Urones de Castroponce. La organización se sintió ya consolidada como un partido nacional arraigado en la clase obrera, que se asociaría también con los republicanos a partir del último trimestre de 1909, y viéndose respetado por ciertos sectores de intelectuales. No en balde, había insistido Pablo Iglesias en un célebre artículo publicado el 1 de diciembre de 1905 en La Revista Socialista, bajo el título “Los socialistas en los municipios”: “…por pequeña que sea la representación socialista en los Municipios, siempre será útil no ya sólo para los pobres, sino para la casi totalidad de los individuos que los compongan…”.

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