Subsidio de 439 euros para los trabajadores temporales que se queden en el paro

Subsidio de 439 euros para los trabajadores temporales que se queden en el paro

Un subsidio excepcional para aquellos trabajadores temporales a los cuales les cumpla su contrato en el transcurso del estado de alarma. Más la condición de no tener derecho a cobrar desempleo por no tener la cotización mínima. Es la medida aprobada este martes en el Consejo de Ministros.

Este subsidio tendrá duración de un mes, pudiendo ampliarse, en caso de que se decida. En este caso, la cuantía ascenderá al 80% del Indicador Público de Rentas con Efectos Múltiples (Iprem). Por lo que el subsidio supondría 438,88 euros mensuales.

El requisito necesario para acceder a ese subsidio es que la duración del contrato que finalice sea de como mínimo dos meses. Se excluyen los contratos esporádicos.

Con esta medida, se pretende proteger a aquellos trabajadores temporales que no estén incluidos en un ERTE por el estado de alarma. Ya que éstos sí tendrán derecho a cobrar el paro. Todo ello, viene recogido en la regulación para ERTEs aprobada por el Ejecutivo, para afrontar la crisis del Covid-19.

El Gobierno adoptó, la pasada semana, medidas para los contratos que se suspendan debido al estado de alarma. Ahora toma medidas para aquellos contratos que lleguen a su final en ese periodo y no se pueden acoger a un ERTE.

Otra renta mínima, renta de inclusión, salario social o ayudas concedidas por la Administración serán incompatibles con este subsidio. De igual modo que los subsidios de desempleo existentes.

Con el fin de paliar el impacto social y económico del Covid-19, el Ejecutivo adoptado este subsidio en un Real Decreto-ley de medidas complementarias urgentes. Puesto que son necesarias medidas sociales para la población más vulnerable, por lo complicado de encontrar otro empleo durante esta crisis.

Los beneficiarios de este subsidio tendrán que solicitarlo en un plazo de 10 días desde que el Servicio Público de Empleo Estatal apruebe el procedimiento. Y cuando se produzca la finalización del contrato.

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