Estrasburgo admite las devoluciones en caliente de España

Estrasburgo admite las devoluciones en caliente de España

Las llamadas devoluciones en caliente de migrantes en la frontera de Melilla son legales y no son contrarias a los Derechos Humanos. Así lo ha dictado la Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) con sede en Estrasburgo.

La resolución adoptada por los magistrados que conforman la Gran Sala del TEDH es contraria a la de octubre de 2017 que sentenciaba a España. Entonces, este mismo tribunal condenó a España por las devoluciones en caliente a Marruecos de dos migrantes que saltaron la valla en agosto de 2014.

En 2015, el Gobierno de Mariano Rajoy reguló las llamadas devoluciones en caliente mediante la figura del ‘rechazo en frontera’. La incluyó en una disposición en la Ley de Seguridad Ciudadana.

Con la llegada del PSOE al Ejecutivo, estas devoluciones sumaria siguieron llevándose a cabo.  El Gobierno argumentó que se hacían “en cumplimiento de la legislación vigente”.

El TEDH condenó a España en 2017 por expulsar de forma inmediata a un ciudadano de Mali y a otro de Costa de Marfil a Marruecos. Se habían subido a la valla de Melilla el 13 de agosto de 2014.

El tribunal entendió que se realizó una expulsión masiva contraria a la Convención Europea de los Derechos Humanos. La condena consistió en una indemnización de 5.000 euros a cada demandante.

Gonzalo Boye, actual abogado de Carles Puigdemont, y Carsten Gericke, que colaboraban con el Centro Europeo por los Derechos Constitucionales y Humanos, representaban a los dos migrantes.

El Ejecutivo de Rajoy recurrió la sentencia alegando que se trataba de ‘rechazos en frontera’. Los migrantes que saltan la valla no pisan suelo español mientras no sobrepasen a los agentes de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado allí apostados.

El PSOE se comprometió a detener las devoluciones en caliente

Cuando el PSOE llegó al Ejecutivo, decidió mantener el recurso, aunque se había comprometido a detener las devoluciones en caliente. Cabe recordar que los socialistas, como otros grupos políticos, presentaron un recurso contra la Ley Mordaza –la de Seguridad Ciudadana- ante el Tribunal Constitucional. Todavía no se ha pronunciado.

En concreto, el PSOE recurrió la disposición final primera de dicha ley. Esta dice que “los extranjeros que sean detectados en la línea fronteriza de la demarcación territorial de Ceuta o Melilla mientras intentan superar los elementos de contención fronterizos para cruzar irregularmente la frontera podrán ser rechazados a fin de impedir su entrada ilegal en España”.

A pesar de su compromiso, el Gobierno socialista decidió esperar a que el TEDH se pronunciara antes de abolir esta práctica.

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