Melilla: ¿Se pierde la condición de refugiado si se abandona el CETI?

Melilla: ¿Se pierde la condición de refugiado si se abandona el CETI?

Solicitantes de asilo lo han denunciado.
En su último informe anual, el Defensor del Pueblo señala que se han recibido quejas porque la Administración ha retirado la condición de refugiado a unos residentes en los Centros de Estancia Temporal de Inmigrantes, CETI, de Ceuta y Melilla por haberlos abandonado sin autorización. Así, esta institución pide que no se anule esta condición a un migrante sin haber tramitado su expediente, documentando las actuaciones y con respeto a las normas reguladoras. Igualmente, el defensor del pueblo recuerda que la decisión de reducir o retirar las condiciones materiales de acogida se deben tomar de forma individual, objetiva e imparcial y deben estar motivadas, además de que deben basarse en la situación particular de cada persona.
En el informe, también se señala que los solicitantes de asilo decían desconocer que podían perder sus derechos y que abandonaron los CETI al haber tenido la ocasión de llegar a la península fuera del sistema de traslados para luego, en Madrid, solicitar su ingreso en un dispositivo para refugiados, lo que se les deniega al haberlos dado de baja como beneficiarios al entender que habían abandonado el Centro voluntariamente. Al comunicárseles verbalmente esta baja pierden la oportunidad de oponerse y, si la persona afectada presentaba una reclamación escrita, se le respondía con las causas, no indicando, en cambio, los recursos que podía interponer.
En ninguno de los casos analizados consta que se haya realizado la tramitación del expediente para imponer una sanción y se han puesto en conocimiento de la Secretaría General de Inmigración y Emigración las circunstancias argumentadas por los solicitantes de asilo, quienes no han podido explicar las razones de sus actuaciones, por lo que no se ha aplicado el principio de proporcionalidad al imponer la sanción.

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