Voto telemático para la investidura de Puigdemont

Se modificaría el reglamento del Parlament para habilitar este método de votación.
Según se especifica en el Reglamento del Parlament, el candidato que vaya a ser investido desde presentar ante el Pleno su propuesta, de modo que no se permite el voto telemático para este caso. Tampoco se permite el voto a distancia, por lo que Puigdemont y los diputados electos encarcelados o huidos a Bélgica no podrían votar en una investidura, con lo cual no habría mayoría independentista.
La norma se puede reformar, para lo que se debe crear una ponencia que elabore en un plazo de tres meses una proposición de ley que luego debería aprobar el Pleno por mayoría absoluta. Los plazos para investir a un nuevo presidente del Govern expiran el 7 de abril, por lo que parece poco probable poder aprobar el voto telemático antes de esa fecha, dado que, primero, se tiene que celebrar la sesión constitutiva del Parlament, en la que será elegido el presidente de la Cámara y los miembros de la Mesa, sesión que podrá hacerse hasta el 23 de enero de 2018. Se abre, a continuación, un plazo de 10 días hábiles para que el presidente de la Cámara proponga a un candidato a la Presidencia para ser investido, alcanzándose, entonces, el 6 de febrero, fecha en la que se produciría una primera votación. Si el candidato propuesto no consigue la mayoría absoluta, dos días después se celebraría una segunda votación, después de la cual la mayoría simple sería suficiente para ser investido presidente. En caso de no lograrlo tampoco, habría un plazo de dos meses para proponer otro candidato y, de no encontrarse, convocar elecciones, con lo que la fecha límite sería el 7 de abril.






Reforma express
No obstante, los plazos se pueden reducir, ya que el Tribunal Constitucional aprobó que puedan tramitarse ciertas normas por la vía de máxima urgencia, reduciendo los plazos y que se aprueben mediante lectura única, si bien, el más alto tribunal también indicó que se debía garantizar el derecho a enmiendas de los grupos parlamentarios.
La otra opción, para que Puigdemont, los diputados electos huidos a Bélgica y los que están en prisión puedan votar, es el voto delegado, para lo cuál sería también necesaria una reforma del Reglamento del Parlament y, así, ampliar los casos en los que sea válida esta posibilidad: maternidad, paternidad y enfermedad. Estos dos últimos supuestos se incluyeron en la modificación del voto delegado antes de la reforma del Reglamento que respaldaron los grupos independentistas y que motivó las protestas del resto de los Diputados catalanes, incluido el voto en contra de Joan Coscubiela, de Catalunya Sí que es Pot.

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