El TS condena a Madrid por vulnerar los derechos de los sanitarios

El TS condena a Madrid por vulnerar los derechos de los sanitarios

El Tribunal Supremo ratifica parcialmente una sentencia anterior que condenaba a la Comunidad de Madrid por vulnerar los derechos de los sanitarios de Atención Primaria.

Según la sentencia, el Gobierno regional no dotado a médicos y pediatras públicos de medios y medidas de protección antes y después de la epidemia.

Así, considera que se vulneraron los derechos de los sanitarios en materia de integridad física y salud. Sin embargo, como adelantó elDiario.es, el Alto Tribunal estima la impugnación contra dos apartados de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM).

El Gobierno de la Comunidad de Madrid recurrió lo relativo a fijar cupos y un tiempo mínimo de dedicación a cada paciente. Así lo establecía la sentencia del TSJM de marzo de 2021.

El TS anula parcialmente la resolución de instancia en ese sentido. Desaparece, por tanto, la fijación de los cupos. Es decir, el “número máximo de pacientes a atender por jornada de trabajo y tiempo mínimo de dedicación a cada uno”.

Asimismo, anula la orden para establecer “una plantilla acorde con ello y a la cobertura de las vacantes existentes en la misma”. Confirma, no obstante, lo referente a la vulneración de los derechos de los sanitarios.

El Alto Tribunal, respecto a los apartados impugnados, señala que se evidencian “graves defectos de motivación por incongruencia en los dos extremos”.

“Resulta evidente que excede de los límites de una condena a efectuar un plan de prevención de riesgos laborales”, apunta. Rechaza “establecer un contenido concreto del mismo sin haber efectuado con anterioridad la oportuna evaluación de riegos”, reza la resolución.

Sin embargo, “cabe imponer como contenido del mismo cuestiones que implican predeterminar la organización del trabajo y la fijación de plantillas”.

En ese sentido, considera, a ese efecto, que “la sentencia recurrida” lo había razonado, “con acierto”.

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