Torra es procesado por el TSJ de Cataluña por desobediencia a la Junta Electoral en relación a los lazos amarillos

Torra es procesado por el TSJ de Cataluña por desobediencia a la Junta Electoral en relación a los lazos amarillos

Desobedecer a la Junta Electoral Central, JEC, no retirando los lazos amarillos y las esteladas de los edificios públicos catalanes durante la campaña electoral ha llevado a que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, TSJC, procese a Quim Torra, presidente de la Generalitat.

Así lo ha hecho público en un comunicado, Carlos Ramos, el magistrado instructor de la causa abierta a raíz de una querella de la Fiscalía, pasando del procedimiento de diligencias previas al procedimiento abreviado. El juez determina que los hechos investigados podrían ser constitutivos de un presunto delito de desobediencia o de denegación de auxilio a la autoridad competente, abriendo el trámite para que las partes presenten la petición de apertura de juicio oral o el sobreseimiento.

La Sala Civil y Penal del alto tribunal catalán desestima también la petición previa este trámite presentada por el abogado de Torra. A mediados de mayo el presidente de la Generalitat había prestado declaración durante alrededor de 45 minutos ante el TSJC, siendo asistido por sus abogados Gonzalo Boye y Jaume Alonso-Cuevillas.

Según el auto del magistrado, después de convocarse las elecciones al Congreso ya Senado para el 28 de abril, “todos los poderes públicos estaban obligados a conducirse con estricta objetividad y neutralidad para hacer efectivo el derecho de todos los ciudadanos al sufragio igualitario”.

En consecuencia, no tenían permitido “lucir o exhibir en los edificios que fueran sedes de sus respectivas entidades, entre el 5 de marzo y el 28 de abril de 2019, símbolos, emblemas y/o lemas ideológicos o partidistas, entendiendo por tales los identificados con las pretensiones políticas de un grupo o unos grupos particulares de ciudadanos”.

El magistrado constata en la resolución que los edificios públicos de la Generalitat exhibían permanentemente esteladas y lazos amarillos, solos o acompañados de textos reclamando la libertad de los líderes independentistas en prisión. “Los citados símbolos, –concluye-emblemas y demás representan, en esencia los anhelos de independencia de Cataluña respecto de España y su constitución en forma de república”.

Los acuerdos de la JEC, avalados posteriormente por constante jurisprudencia del Tribunal Supremo, entienden que estos símbolos legalmente pueden ser utilizados por las formaciones políticas en su propaganda electoral. No así “puede ser exhibidos por las administraciones y por los poderes públicos sin infringir gravemente su deber de objetividad y de neutralidad, al menos no durante los periodos electorales”.

Ciudadanos, PP y Sociedad Civil Catalana acudieron a la JEC porque Torra mantuvo estos símbolos en el periodo electoral. La Junta, el 11 de marzo, exigió al president que retirara los símbolos en un plazo máximo de 48 horas. Dicho plazo expiró en la tarde del 13 de marzo, denunciando se los hechos a la Fiscalía, que interpuso una querella contra Torra el 27 de marzo.

El presidente catalán envió el 13 de marzo un escrito a la JEC pidiendo que se reconsiderara la decisión. Ésta mantuvo el criterio y así lo manifestó el 18 de marzo, dando un plazo extraordinario de 24 horas para su cumplimiento, venciendo antes del 19 por la tarde.

Fue entonces cuando Torra presentó un documento con la solicitud de una aclaración, “arguyendo una pretendida dificultad para su cumplimiento derivada de la multiplicidad y variedad de edificios dependientes de la Generalitat de Cataluña, instando por ello las suspensión del plazo de 24 horas”. También informaba de la solicitud de un informe al Síndic de Greuges.

El TSJC entiende que sólo se trató de “una argucia para no cumplir”, con los acuerdos de la Junta del 11 y el 18 de marzo puesto que ya tenía desde el 15 de marzo un informe del Síndic de Greuges. Además, el juez instructor cita otros ejemplos de la “voluntad obstantiva” del president, entre ellos unas declaraciones de Elsa Artadi, entonces portavoz del Govern, en la rueda de prensa después del Consell Executiu, así como una nota de prensa del propio gobierno catalán manifestando que el mantenimiento de la pancarta con un lazo amarillo y el lema “Llibertat presos polítics” que pendía del balcón del Palau era decisión personal de Torra.

El día 21 de marzo, la pancarta en el Palau, consellerias y delegaciones fue sustituida por otra con un lazo blancos sobre fondo blanco cruzados por un trazo rojo, “lo que a todas luces constituye un claro indicio de una acción de incumplimiento que respondía a la misma iniciativa inspirada por Torra”, concluye la resolución del juez instructor.

1 thought on “Torra es procesado por el TSJ de Cataluña por desobediencia a la Junta Electoral en relación a los lazos amarillos”

  1. Es lo que tiene ser tan tozudamente insistente en lo que no puede ser. Las leyes están hechas para cumplirlas, sin excepción de quien seas o como te llames. Ahora tendrá que acatar lo que la ley mande, en mi opinión sabiendo como estaban las cosas en el tema del independentismo catalán, era una temeridad seguir insistiendo continuamente en el tema, los errores y «El yo siempre más » se pagan señor Torras

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