Se reabre la causa del Metro de Valencia

Se reabre la causa del Metro de Valencia

La Audiencia Provincial de Valencia ve indicios de delito.
En un auto de la Audiencia Provincial de Valencia se ordena a la juez instructora que, al apreciar indicios de delito, reabra la causa del accidente de Metrovalencia, archivada en tres ocasiones. En él fallecieron 43 personas y otras 47 resultaron heridas. En la resolución se acuerda que se ofrezca la posibilidad de declarar como investigados a la ex gerente de Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana, Marisa Gracia, así como a Salvador Orts, en aquel entonces jefe de estudios y proyectos y miembro del Comité de Seguridad, a Francisco García, director técnico de la explotación y miembro del Comité de Seguridad, Vicente Antonio Contreras, director adjunto de la explotación, Sebastián Argente, ex jefe de la Línea 1, Juan José Gimeno, que entonces era director de la auditoría para la seguridad y circulación, y Manuel Sansano, ex director de Operaciones. Si no son necesarias abrirán nuevas diligencias de investigación derivadas de las declaraciones, “en congruencia con el contenido” de la resolución, se deberá continuar con lo previsto en el artículo 779 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
La Audiencia, en el auto, advierte a la instructora de que “no se trata de llegar a la convicción o constatación de que exista indicio o prueba de culpabilidad, materia reservada a los órganos jurisdiccionales que tienen encomendada la valoración probatoria, sino el descubrimiento de que existe algún indicio racional de criminalidad, suficiente el procedimiento ordinario para dictar el correspondiente auto de procesamiento”. Por tercera vez el juzgado de instrucción número 21 de Valencia archivo en mayo de 2017 el procedimiento, ya que descartaba que existieran responsables penales y no ver acreditado que en el accidente “tuviese incidente un fallo o mal estado del material móvil o de la infraestructura”. Después de los recursos presentados a título personal por la Fiscalía y la Asociación de Víctimas del Metro 3 de julio contra el sobreseimiento de la causa, la Audiencia Provincial da parcialmente la razón a los recurrentes y ordena reabrir el caso.

Hay “alternativas razonables” que impiden ratificar el sobreseimiento
La resolución de la Audiencia entra a valorar diversos aspectos técnicos de las instalaciones y de los sistemas en la circulación de los trenes del metro. Así, hace referencia a problemas puntuales del sistema FAP, incidencias propias de la instalación del nuevo sistema tecnológico y recuerda que la asamblea de maquinistas del 20 de septiembre de 2005 reclamó “la necesidad de instalar balizas previas a todas las señales luminosas”, y mantiene que debería haberse prevenido el riesgo generado por el exceso de velocidad, recordando el accidente en septiembre de 2005 por el que el colectivo de maquinistas exigió un control más estricto del cumplimiento del Reglamento de circulación, lo que no ocurrió. Ya en la línea 4, en octubre del 1998 y en marzo de 2006, se produjeron dos descarrilamientos por exceso de velocidad, se redujo la velocidad de 50 a 40 km/h en ese tramo pero no se adoptaron “medidas de seguridad adicionales a la señal de limitación de velocidad”. “Con dicha limitación, la diligencia debida para el cumplimiento de la prohibición se hacía recaer exclusivamente sobre la acción del maquinista y ello no evitaba posibilidades aparentemente previsibles de incumplimiento de los cánones exigibles de velocidad máxima autorizada”.

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