Reforma legal para que el CGPJ nombre sus magistrados del TC

Reforma legal para que el CGPJ nombre sus magistrados del TC

Ahora que el mandato de cuatro jueces del Tribunal Constitucional ha caducado urge que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) nombre a los dos magistrados que le corresponden. Entre ellos, expiró su mandato el presidente, Pedro González-Trevijano.

Sin embargo, con la actual ley que lo regula, el órgano de gobierno de los jueces no puede hacer nombramientos discrecionales en la cúpula judicial estando en funciones.

Menos, si cabe, del Constitucional. Y es que el CGPJ lleva caducado más tres años, desde diciembre de 2018.

Como decimos, la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) que se aprobó en marzo de 2021 prohíbe estos nombramientos.

Así, con cuatro miembros del Constitucional en funciones, surgen dudas de si el Gobierno puede nombrar a los dos magistrados que le corresponden.

Si la interpretación es que no, lo más probable, debe ser el bloque de ese tercio el que se renueve. Es decir, el órgano de gobierno de los jueces debe poder nombrar los suyos.

Por tanto, es un ‘pack’. Sin embargo, otras interpretaciones apuntan a que las designaciones no tienen por qué ir unidas. Podría desprenderse del literal de la Carta Magna que sí, pero también que no.

En consecuencia, lo que sí debe hacerse es anotarse la cuestión en el bloc de ‘tareas pendientes’ para un posterior análisis.

A su vez, la falta de acuerdo entre PSOE y PP sobre la renovación del CGPJ complica más el asunto.

En ese contexto es en el que este viernes los socialistas registran una proposición de ley para que el CGPJ pueda proponer sus dos magistrados.

Concretamente, se modificaría el artículo 570 bis de la LOPJ y entraría en vigor el 1 de julio. Entretanto, Félix Bolaños, ministro de la Presidencia, confirmó que el Ejecutivo designaría a los otros dos magistrados.

En lo que sí coinciden todos es en que es una cuestión jurídica compleja –menos mal— de la que habrá que pensar en profundidad.

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