Quien despida a trabajadores bonificados no recibirá incentivos

Quien despida a trabajadores bonificados no recibirá incentivos

Aquellas empresas que lleven a cabo despidos de trabajadores bonificados quedarán fuera de los incentivos a la contratación laboral durante un año.

Esta medida se refiere a las extinciones de contratos ya sea mediante un despido reconocido, improcedente o colectivo.

Además, afecta al mismo número de contratos que las extinciones llevadas a cabo. Comenzará ya en el reconocimiento o la declaración de improcedencia del despido o la que se derive del colectivo.

Así ha quedado reflejado en el Real Decreto-ley regulador de los incentivos a la contratación laboral recientemente aprobado.

De este modo, como se recoge en la norma, las empresas que reciban esos incentivos deberán mantener empleado a los trabajadores bonificados durante tres años.

Asimismo, la ley contempla un nuevo mapa de bonificaciones con el fin de promover la contratación y el mantenimiento estable.

No obstante, prioriza a aquellos colectivos vulnerables o de baja empleabilidad. Esto es, parados de larga duración, jóvenes, mujeres y personas con capacidades reducidas.

Pese a que la norma entrará en vigor en setiembre, algunas disposiciones ya se han hecho.

Se trata de aquellas que se deslocalicen fuera de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo.

De este modo, tendrán que devolver todas las bonificaciones de las que se hayan beneficiado durante los cuatro años anteriores de la deslocalización. A ello se suma el recargo y los intereses de demora que correspondan.

Asimismo, deberán reintegrar las ayudas públicas que hubieran obtenido en el ámbito de la contratación y el empleo.

Igualmente, sólo se incentivará la contratación temporal excepcionalmente y sólo para promover la transformación en contratos indefinidos de contratos formativos en prácticas. También, la contratación temporal asociada directamente a la conciliación.

Cabe recordar que esta ley forma parte de las reformas cuyo compromiso se adquirió en el Plan Nacional de Recuperación.

De esta forma, adapta el abanico de incentivos a los cambios que se han introducido por la reforma laboral.

Con todo, se aplicarán a los contratos que se firmen cuando entre en vigor la norma, es decir, el 1 de setiembre.

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