¿Qué supondría rebajar las penas por sedición?

¿Qué supondría rebajar las penas por sedición?

El Gobierno tiene intención de rebajar las penas por sedición cuando aborde la reforma del Código Penal en ese sentido. Es decir, como vienen insistiendo varios ministros, cuando haya mayoría suficiente para ello.

Actualmente, el artículo 544 define el delito de sedición como el alzamiento público y tumultuario “para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las Leyes”.

Asimismo, el siguiente artículo de la norma establece las penas por sedición. “Pena de prisión de ocho a diez años” para quienes “hubieren inducido, sostenido o dirigido la sedición o aparecieren en ella como sus principales autores”.

A su vez, distingue que serán castigados con “diez a quince años, si fueran personas constituidas en autoridad”.

Adicionalmente, el Código Penal fija el mismo periodo de “inhabilitación absoluta”.

Además, al margen de estos casos, “se impondrá la pena de cuatro a ocho años de prisión, y la de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de cuatro a ocho años”.

Según fuentes jurídicas, rebajar las penas por sedición afectaría tanto a los condenados y luego indultados por el procés como a los huidos de la Justicia.

Rebajar las penas por sedición implica reducir el tiempo de las inhabilitaciones

Para Oriol Junqueras, Raül Romeva, Jordi Turull, Joaquim Forn, Josep Rull, Carme Forcadell, Dolors Bassa, Jordi Cuixart y Jordi Sànchez no afectaría a las condenas de prisión porque fueron indultados de ellas.

Sin embargo, no lo fueron de las penas de inhabilitación. En virtud del principio de retroactividad a favor del reo, la reforma supondría rebajar, también, sus condenas de inhabilitación.

Incluso, podría afectar a las condiciones para que no se invalide el indulto, como no cometer delitos graves durante varios años.

Dicho esto, para los investigados y prófugos, la reforma y posible rebaja de las penas podría suponer, llegado el caso, que el delito haya prescrito.

Lo que aseguran las fuentes es que afectaría a los plazos de prescripción, acortándose. Con ello, se abriría la puerta a un pronto regreso a territorio español de los huidos.

Reducción del plazo de prescripción del delito

Así, la responsabilidad penal en la situación actual se extingue a los 15 años, según el artículo 131 del Código Penal.

En cambio, al reducirse la pena hasta los 6 años, por ejemplo, el plazo de prescripción se rebajaría hasta los 10 años. Si dicha condena cayera hasta los 5 años, sólo se podría perseguir el delito durante 5 años.

No obstante, buena parte de la clave de esta cuestión estaría en cuándo empieza a correr el reloj para la persecución del delito.

Inicialmente, en este caso, comienza el 1 de octubre de 2017, cuando se celebró el referéndum ilegal de independencia.

Asimismo, el reloj se para cuando se dirige el procedimiento contra ellos. A pesar de ello, se ha parado en varias ocasiones.

Un caso bastante clarificador entre los prófugos es el de Marta Rovira, secretaria general de ERC. En marzo de 2018, la Justicia española emitió una orden europea de detención y entrega.

Sin embargo, desde entonces no ha habido avances en el procedimiento. En consecuencia, ésta sería la fecha desde la que volvería a arrancar el plazo.

También se rebajarían las medidas cautelares

Por otro lado, rebajar las penas de sedición supondría modificar las medidas cautelares, como la prisión condicional.

Para la legislación española uno de los factores a considerar es la dimensión de la pena vinculada al supuesto delito. También, la gravedad del delito y el riesgo de reincidencia.

En todo caso, si se llegara a juzgar a los prófugos del procés, se les aplicarían las nuevas penas por ser las más favorables para ellos.

¿Qué penas por sedición se aplican en los países de nuestro entorno?

Por los delitos parecidos en otros países europeos las condenas no superan los cinco años, salvo en Portugal.

En el caso de nuestro vecino, las penas van desde 1 año a ocho de cárcel, por un delito de resistencia, según el artículo 333 de su Código Penal.

Además, si se ha producido algarada para perturbar el funcionamiento constitucional, la condena es de hasta 3 años, como marca el artículo 334.

Por su parte, las leyes italianas castigan los delitos de resistencia con penas de entre 6 meses y cinco años de prisión. Depende de la gravedad, según regulan los artículos 336 y 337.

Asimismo, el Código Penal de Alemania condena la resistencia y los desórdenes públicos con violencia con 3 años de cárcel o multa. La legislación alemana no tiene en cuenta agravantes en su artículo 113.

Lo mismo sucede en Suiza respecto a los agravantes. Allí, los delitos contra el Estado o la Constitución se castigan con menos de 1 año, aunque la resistencia grave supone una condena de 3 años de prisión. Incluso si es con alzamiento, señala el artículo 285.

Por su lado, el Código Penal de Francia sanciona el delito equivalente de resistencia con cárcel durante 2 años. Sólo se incrementa en un año más si la comisión del delito es en grupo.

A su vez, la legislación de Bélgica condena con hasta 5 años este tipo de delito grupal. En cambio, la pena se rebaja a entre 3 meses y 2 años si no lo es.

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