Proponen un nuevo tipo del delito de malversación

Proponen un nuevo tipo de delito de malversación

Este lunes, PSOE y Unidas Podemos presentan una propuesta para reformar el Código Penal (CP) añadiendo un nuevo tipo del delito de malversación.

Supondrá una pena de hasta cuatro años de prisión y seis de inhabilitación por desviar presupuesto irregular dentro de la propia administración pública. Así lo ha avanzado este domingo el diario La Vanguardia.

De este modo, se podrían rebajar las condenas máximas aplicables con el actual CP en dos años. Ahora, el delito de malversación supone una pena de hasta seis años de prisión y diez de inhabilitación.

A juicio del Gobierno, la propuesta termina por cubrir todos los supuestos de malversación, de forma que ninguno queda sin penalizar.

Este nuevo tipo sería el más leve y, además, la reforma abarcaría a otros que hasta ahora no se castigan.

Precisamente, uno de ellos es el de enriquecimiento ilícito de cargos públicos cuyo patrimonio se incremente en más de 250.000 euros durante sus mandatos y que no puedan acreditar su origen.

Así, el Ejecutivo persigue que ninguna conducta que desvíe fondos públicos, para cualquier destino, quede impune. No obstante, se distinguen gradaciones, según el citado periódico.

El delito de malversación actual no diferencia que haya lucro o no

Con el actual Código Penal, que modificó el PP en 2015, el delito de malversación no distingue si habría lucro o no.

Las condenas actuales van de los dos años a los seis de prisión y entre seis y diez años de inhabilitación. Existe, además, un tipo agravado que podría suponer una pena de hasta ocho años de cárcel e, incluso, doce.

Por tanto, el CP vigente considera un delito de malversación cualquier desvío de dinero público, estableciendo una horquilla de condenas muy amplia.

El Gobierno no ha negociado aún la reforma con ERC, que el viernes presentó una propuesta recuperando la distinción.

Asimismo, el concepto de lucro personal o de terceros para considerar la malversación como más grave y mantiene las penas de dos a seis años.

Los republicanos catalanes proponen añadir un artículo 432 bis de malversación sin ánimo de enriquecimiento, aunque los fondos se destinan a fines particulares. Para este caso, las condenas irían de seis meses a tres años.

En el trasfondo de todo ello, los posible futuros procesamientos por el referéndum ilegal del 1-O. No obstante, desde ERC aseguran que sus dirigentes procesados no incurren en estos supuestos ya que el dinero no se utilizó para fines particulares.

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