El PP se querella contra Torra

El PP se querella contra Torra

Quim Torra, presidente de la Generalitat, es el objetivo de la querella que el PP presentó ayer ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) por un presunto delito de usurpación de funciones al “empecinarse en mantener el cargo en abierta y franca rebeldía frente a la Constitución y el Estatuto”.

“La situación provocada por el querellado produce una grave perturbación del orden constitucional”, reza el escrito. “Las funciones que se están ejerciendo ilegalmente son las de presidente de la Comunidad Autónoma de Cataluña, que no es un funcionario cualquiera”, continua. “Que además, de acuerdo con la Constitución, es el representante del Estado en dicha Comunidad”, destaca la querella.

Según el PP, “la continuidad en la delictiva actuación del querellado, asumiendo funciones que no le corresponden, perjudica gravemente los intereses de todos los catalanes y de España como Nación”. A ello añade que “es gravemente contraria a la Constitución, por lo que debe ponerse fin de inmediato a tan ilícito proceder”.

A juicio de los populares, es necesario “adoptar las cautelas que procedan para que tan grave perturbación del orden constitucional no continúe por más tiempo”. Argumentan que genera “una falsa apariencia de legalidad en la actuación de quien de manera consciente, deliberada y dolosa se sitúa al margen de la Constitución”.

Agregan que “manifiesta con absoluta jactancia que pretende continuar hasta el final en tan ilícita conducta, con desprecio absoluto por el cumplimiento de la ley”.

En el texto de la querella, la formación conservadora dice ser consciente de la “paradójica” situación. Los hechos denunciados están en relación a la “realización de funciones públicas por quien ha perdido el derecho al cargo que ostentaba”. Señalan que ello “supondría también la pérdida del aforamiento” ante el TSJC.

El PP asegura en la querella que el president debe ser diputado

Consideran que, puesto que Torra sigue ejerciendo el cargo, es ese tribunal “el competente en tanto no se produzca formalmente el cese en el cargo”. Algo que “el querellado se niega a aceptar”, apostillan.

Subrayan que “la usurpación de funciones produce una apariencia de formalidad legal de los actos del querellado que objetamos de modo radical”. Apremian a que “es preciso deshacer de inmediato” tal situación. Asimismo, insisten en que la usurpación “produce el efecto procesal del mantenimiento de su aforamiento, lo que el querellado sin duda no objetará”.

Para sostener la querella, el PP defiende que la Constitución y el Estatuto catalán establecen que el presidente debe ser miembro del Parlament. “Los requisitos establecidos para el acceso a un cargo son, salvo que la norma establezca lo contrario, condiciones para su ejercicio”, avaló el Tribunal Constitucional.

Los populares sostienen que el Parlament llegó también a esa “misma conclusión”. Según explican, “el artículo 67.2 del Estatuto de Autonomía establece que el presidente de la Generalidad es elegido por el Parlamento de entre sus miembros”.

“La condición de diputado es, por tanto, requisito necesario para ser presidente de la Generalidad”, explican. Admiten que la norma no lo dice así expresamente. Sin embargo, dicen, “es posible interpretarla en el sentido que esta condición no solo actúa en el momento de la elección”. Dicha condición “ha de mantenerse mientras se desarrolle el cargo”, concluyen.

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