El padre tendrá 10 días de permiso para cuidar a la madre

El padre tendrá 10 días de permiso para cuidar a la madre

Los padres podrán disponer de forma adelantada de 10 días de permiso de paternidad para atender a la madre en las jornadas previas al parto.

Así lo recoge al anteproyecto de Ley de Familias que ha aprobado el Gobierno. Una iniciativa legislativa que impulsa el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.

Actualmente, los días de permiso de paternidad de los que disfruta el padre se equiparan a las 16 semanas del de maternidad.

Éste de poder anticipar los días es uno, entre otros, de los avances que contempla la nueva ley, en trámite parlamentario en la actualidad.

Por tanto, para que entre en vigor, Congreso y Senado deben aprobar la Ley de Familias antes de que se disuelvan las Cortes Generales.

Esto será, si no hay cambios, en poco menos de un año por la forzosa convocatoria de elecciones generales.

Así, la norma viene a modificar el Estatuto de los Trabajadores. Establece que el progenitor no gestante puede “anticipar en diez días el comienzo del disfrute del permiso” de paternidad.

De acuerdo con lo que señala el anteproyecto de ley, es “coherente con el objeto de cuidado de la madre biológica durante este periodo”.

Los días de permiso pueden distribuirse

Según el actual Estatuto, “la suspensión del contrato” de cada progenitor “por el cuidado del menor […] podrá distribuirse a voluntad de aquellos”.

Eso sí, “una vez transcurridas las primeras seis semanas inmediatamente posteriores al parto”. Además, se puede hacer “de forma acumulada o interrumpida y ejercitarse desde la finalización de la suspensión obligatoria posterior al parto”. “Hasta que el hijo o la hija cumpla doce meses”, reza el texto.

Asimismo, “la madre biológica podrá anticipar su ejercicio hasta cuatro semanas antes de la fecha previsible del parto”.

Ahora, con la nueva ley, “la persona progenitora distinta de la madre biológica podrá anticipar su ejercicio hasta diez días antes de dicha fecha”.

Por otro lado, se introduce un cambio importante. Se trata de que “en caso de haber una única persona progenitora, esta podrá disfrutar de las ampliaciones completas previstas en este apartado para el caso de familias con dos personas progenitoras”.

La modificación normativa amplía, de este modo, lo que recoge el Estatuto de los Trabajadores. Es decir, una semana para cada progenitor en este supuesto.

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