El Gobierno y Ayuso negociaron hasta el último minuto

El Gobierno y Ayuso negociarán hasta el último minuto

Isabel Díaz Ayuso tendía que decidir qué hacer antes de las 12:00 de ayer si quería que el Gobierno no decretara el estado de alarma en Madrid. A esa hora estaba convocado un Consejo de Ministros extraordinario que presidiría Carmen Calvo, la vicepresidente primera. Pedro Sánchez viajó a Barcelona acompañando al rey Felipe VI.

Sobre la mesa, la presidente regional tenía dos opciones: firmar la orden cuyas restricciones de movilidad tumbó el jueves el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) o que se decretase sí o sí el estado de alarma en la Comunidad.

La primera era la única en la que Ayuso podía decidir sin intervención del Ejecutivo central. Para la segunda, podía hacerlo conjuntamente con el Gobierno de la nación o que éste lo hiciera sin que lo pidiera la autonomía.

Incluso, ante un estado de alarma, Sánchez no tiene que esperar la anuencia o petición de Ayuso. Así lo establece el artículo 116 de la Constitución. O aplica las restricciones, o se las impone el Gobierno, quiera o no quiera, vía alarma.

El tira y afloja al que ha estado jugando la incompetencia, inconsistencia, incoherencia, incapacidad y pereza de la presidente llegó a su fin. Y con él, el peligroso juego al que ha estado sometiendo a los madrileños a los que dice proteger.

Con el auto del TSJM, la jefa del Ejecutivo regional se creyó fuerte, pero erró el tiro y éstas son las consecuencias de su arrogancia. Creyó que Illa se doblegaría y aceptaría sus condiciones, olvidando que lo que hay que doblegar es la curva de contagios.

La presidente de Madrid no se amparó en la ley de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública

Ayuso no acudió al TSJM bajo el amparo del artículo 3 de la ley orgánica 3/1986, de 14 de abril y ayer era la única opción que tenía si quería evitar la intervención del Gobierno central. Y es que quería.

“Con el fin de controlar las enfermedades transmisibles, la autoridad sanitaria, además de realizar las acciones preventivas generales, podrá adoptar las medidas oportunas para el control de los enfermos, de las personas que estén o hayan estado en contacto con los mismos y del medio ambiente inmediato, así como las que se consideren necesarias en caso de riesgo de carácter transmisible”, reza dicho apartado.

Pero es más. Ya el artículo primero establece lo mismo con carácter más general. “Al objeto de proteger la salud pública y prevenir su pérdida o deterioro, las autoridades sanitarias de las distintas Administraciones Públicas podrán, dentro del ámbito de sus competencias, adoptar las medidas previstas en la presente Ley cuando así lo exijan razones sanitarias de urgencia o necesidad”, señala.

Salvador Illa, ministro de Sanidad, se ofreció la tarde del jueves mismo a sentarse a negociar, de nuevo, las medidas, pero recibió un portazo por parte de Ayuso.

Con la falaz excusa de que su equipo ya estaba estudiando el escenario que se abría tras la decisión del TSJM, se creyó en la potestad de hacer esperar a Illa. Esto enfadó sobremanera al ministro y Sánchez fue quien dio el golpe de mano.

Desde Moncloa insisten en que sólo cambia el instrumento, pero que las restricciones son las mismas que contenía la orden ministerial, ni más ni menos. Unas medidas que la presidente había aceptado en su reunión previa con el titular de Sanidad y de las que luego se desdijo para sorpresa de todos.

Evitar desplazamientos en el puente del 12 de octubre

En el horizonte, evitar que los madrileños afectados por las restricciones salgan de Madrid u otros vayan a las zonas ‘confinadas’ perimetralmente, y viceversa. Acechaba el puente de la Hispanidad y había que impedir cualquier posibilidad de expansión del coronavirus.

Ayuso pidió a Sánchez, en una conversación telefónica la noche del jueves, un margen de tiempo para decidir. El presidente le dio ese mínimo margen. Pero tiempo se acabó.

El Consejo de Ministros extraordinario comenzó a las 12:00, después de que se pospusiera el inicialmente convocado a las 8:30. Hasta entonces podía decidir si colaboraba. No lo hizo.

En cualquiera de los casos, el estado de alarma sólo podría decretarse para 15 días sin autorización del Congreso. Si el Gobierno quiere prorrogarlo, necesitará el aval de la Cámara Baja. Finalmente se optó por este instrumento constitucional, y entró en vigor ayer mismo.

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