La Ley Trans, aprobada definitivamente

La Ley Trans, aprobada definitivamente

Este jueves, el Pleno del Congreso ha aprobado definitivamente la Ley Trans y de garantía de los derechos LGTBI. Gracias a ella, cualquier persona de este colectivo puede llevar a cabo un cambio de nombre y sexo en el Registro Civil sin requisito alguno, salvo que sea mayor de 16 años.

Se elimina, por tanto, la consideración de ese deseo de cambio de género como una patología. De este modo, desaparece el requisito de un diagnóstico médico acreditando una disforia de género.

Asimismo, también se elimina el del tratamiento hormonal durante, por lo menos, dos años.

Con la Ley Trans, basta con que se presente la solicitud por escrito, pero sin necesitarse pruebas ni testigos. Además, deberá ratificarse tres meses después, contando también con un mes para resolverse. Por tanto, cuatro meses.

A su vez, los menores de entre 14 y 16 años pueden cambiar su sexo y nombre en el Registro Civil, pero deben acompañarlos sus progenitores.

Si no cuenta con el consentimiento de sus padres, se nombra un defensor judicial para resolver la cuestión.

Por su lado, los menores de entre 12 y 14 años, pueden hacer estos mismos cambios, pero con autorización judicial. Para ello, un juez analizará su madurez.

Para acabar en este sentido, los menores de 12 años no pueden variar la mención de su género, pero sí su nombre para que sea más acorde con su sentir.

De este modo, el debate del texto se centró en los artículos concretos sobre las personas trans. Sin embargo, la Ley Trans incluye otras medidas.

Entre ellas, el acceso a la reproducción asistida de la personas LGTBI. También la filiación de los hijos de parejas lesbianas sin la obligación de estar casadas.

Igualmente, formación en diversidad para asistentes de personas mayores y medidas relativas a la educación y contra la discriminación del colectivo.

Asimismo, la norma reconoce el sexilio, el abandono de un pueblo o ciudad por parte de una persona del colectivo debido a la discriminación.

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