La Abogacía del Estado insiste en la inmunidad de Junqueras

La Abogacía del Estado insiste en la inmunidad de Junqueras

La Abogacía del Estado ha presentado al Tribunal Supremo su escrito en el que pide que Oriol Junqueras, líder de ERC, pueda acudir a la Junta Electoral Central (JEC) y al Parlamento Europeo para cumplir con los trámites que le permitan tomar posesión de su escaño como eurodiputado.

Asimismo, se solicita que se encuentre la fórmula para que Junqueras pueda ejercer su cargo mientras mantenga su inmunidad. No obstante, hace un llamamiento para que la Sala de lo Penal del alto tribunal pida a la Eurocámara que la suspenda y que salga “con las medidas de aseguramiento previstas” y regrese a prisión.

La Abogacía del Estado responde, así, a la petición que el Tribunal Supremo había hecho después de conocerse el fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) por la que se reconocía la inmunidad del líder republicano catalán desde el momento en que se proclamaron los resultados electorales del 26 de mayo.

Coincide en parte con las reivindicaciones de ERC, como que Junqueras pueda ejercer su cargo como eurodiputado, pero no así la petición de los republicanos catalanes de que sea puesto en libertad totalmente y se anule la sentencia del procés. Por tanto, una de cal y otra de arena, un guiño a ERC y otro al Supremo, que ahora tendrá que decidir qué postura adoptar.

Se pide el respeto a la inmunidad del líder independentista, pero que no se cuestione la sentencia del alto tribunal respecto al procés. Incluso, que se permita a Junqueras ejercer su cargo en tanto en cuanto siga vigente su inmunidad, cuya suspensión pide al Supremo que pida “a la mayor brevedad posible”.

Por su lado, la Junta Electoral Central no se ha pronunciado acerca de la incompatibilidad de la condena de Junqueras con su condición de europarlamentario. En ese sentido, PP y Ciudadanos piden a la JEC que comunique al Parlamento europeo que la sentencia del TUE supone una causa de “incompatibilidad sobrevenida”, inhabilitando al líder republicano como diputado. Y eso es lo que aconsejan los servicios jurídicos del Estado.

A su vez, la Abogacía del Estado recomienda que el Supremo invoque el artículo 3.6 del Reglamento del Parlamento Europeo por el que “una comisión competente velará por que las autoridades de los Estados miembros o de la Unión comuniquen sin demora al Parlamento cualquier información que pueda afectar a la elegibilidad de un diputado al Parlamento Europeo o a la elegibilidad o al orden de prelación de los sustitutos, mencionando cuando se trate de un nombramiento la fecha en que este surta efecto”.

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