El Gobierno rebajará la mayoría necesaria para renovar el TC

El Gobierno rebajará la mayoría necesaria para renovar el TC

Al igual que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), la renovación del Tribunal Constitucional (TC) continúa bloqueada por el ala conservadora.

Mientras que el Ejecutivo ya ha nominado a sus candidatos, el órgano de gobierno de los jueces sigue sin elegir los dos que le corresponden.

Por ese motivo, los dos partidos de la coalición han aprovechado para introducir dos enmiendas para tratar de deshacer el bloqueo.

Lo hacen en la tramitación de la proposición de ley de supresión del delito de sedición.

En concreto, una primera rebajará las mayorías en el CGPJ para nombrar magistrados. Una segunda para imputar responsabilidades penales a los vocales que bloqueen los nombramientos.

Por tanto, una de estas enmiendas conlleva la reforma de la Ley Orgánica 6/1985 del Poder Judicial (LOPJ). Concretamente, la mayoría de tres quintos actualmente necesaria para elegir a los dos jueces para el TC.

Además, se fijan plazos de forma que el Consejo se vea obligado a la designación de los dos magistrados del Constitucional que le competen.

Para ello, se redacta de nuevo del artículo 599.1.1ª de la LOPJ con un máximo de cinco días hábiles. Se incluyen dos para que los vocales del órgano de gobierno los jueces propongan candidatos o magistrado, con un límite de uno por persona.

Asimismo, la Presidencia contará con otros tres días hábiles para “convocar un Pleno extraordinario para proceder a la elección de los dos magistrados”.

A su vez, los vocales presentes votarán las candidaturas. No hay obligación de un quórum mínimo, siendo una votación única que no tiene que ser secreta.

De este modo, cada vocal puede votar a un solo candidato y resultaron elegidos los dos jueces que obtengan un mayor número de votos. Por tanto, mayoría simple.

También se reforma la ley del TC

Por otro lado, una segunda enmienda irá dirigida a modificar la Ley Orgánica 2/1979 del Constitucional. En concreto, afecta a si ha transcurrido el tiempo del mandato de los magistrados propuestos por el CGPJ y por el Gobierno.

Cuando “uno de estos dos órganos no hubiera realizado su propuesta”, se procederá “a la renovación de los magistrados designados por el órgano que haya cumplido con su deber constitucional”.

Así, los partidos de la coalición rompen con la unidad que el tercio del tribunal de garantías que corresponde al Ejecutivo y al CGPJ.

Además, no será necesaria la verificación por parte del TC el alcohol magistrados. De este modo consta en un nuevo apartado añadido al artículo 19 de la ley del Tribunal Constitucional.

Hasta el momento, los jueces del TC deben comprobar los magistrados designados cumplen con los requisitos para ocupar el puesto.

Con esta modificación, son las instituciones proponentes, es decir, el Congreso, el Senado, el CGPJ y el Gobierno, quienes deberán hacerlo.

A su vez, se incorpora una nueva causa de cese: “por no cumplir con los requisitos previstos en el artículo 159.2 de la Constitución”.

De este modo, el Ejecutivo salvado los obstáculos para nombrar a sus dos candidatos sin necesidad de que el Consejo cumpla su parte.

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