El Gobierno advierte: “La restricción de movilidad para Madrid es de obligado cumplimiento“

El Gobierno advierte: “La restricción de movilidad para Madrid es de obligado cumplimiento“

La Comunidad de Madrid y la presidente Isabel García Ayuso acatarán la orden ministerial por la que se establecen nuevas medidas restrictivas contra el coronavirus. Al menos eso ha dicho, pese a lo cual interpondrá recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional.

Por si no quedaba claro, el Gobierno ha advertido que dichas medidas son de obligado cumplimiento por parte de todas las autonomías. Incluso las que votaron en contra del documento que Salvador Illa, ministro de Sanidad, presentó al Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS).

Se negaron a aprobarlo las Comunidades gobernadas por el PP, o en coalición, y Cataluña. Todas, no. Murcia se abstuvo y Castilla y León voto a favor. Alfonso Fernández Mañueco, jefe del Ejecutivo de esta última región, considera que las medidas son buenas para sus ciudadanos. Contradice de este modo la versión oficial de Pablo Casado, líder del PP.

Aunque el Gobierno de Madrid quisiera declararse en rebeldía, no podría sin cometer un delito. Desde el Ejecutivo central explican el porqué de la obligatoriedad. Esa obligación viene determinada por el informe de la Abogacía del Estado.

Señala que la norma aplicable en las votaciones del CISNS es el artículo 151.2.a) de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Ésta regula ese extremo para todas las Conferencias Sectoriales.

Recuerdan que “esta ley señala que los acuerdos obligarán a todas las comunidades autónomas, aunque voten en contra, si el Estado ejerce competencias de coordinación, como es el caso”. Además, dicha ley “deroga todo aquello que resulte incompatible con ella”, añaden.

A grandes rasgos, la orden no sólo impone limitaciones a la movilidad, sino que endurece las medidas restrictivas anteriores. Para que sean de aplicación, se deben cumplir varios criterios.

Diez municipios de Madrid cumplen los criterios

En poblaciones de más de 100.000 habitantes, una incidencia superior a 500 casos positivos por cada 100.000 habitantes en los últimos 14 días. Asimismo, que el porcentaje de positividad se sitúe por encima del 10%. También, que la ocupación de camas UCI con pacientes covid sea superior al 35% en toda la región. Madrid sobrepasa de calle todas.

Se restringirá la entrada y salida en los municipios donde se apliquen, aunque sí se puede transitar por las carreteras o vías que los atraviesen, siempre y cuando su destino no quede dentro del perímetro de la población.

Como en casos anteriores, hay excepciones, como asistir al médico, al trabajo o a centros educativos. También, el regreso a la residencia habitual, el cuidado de mayores, menores y dependientes, o desplazarse a entidades financieras.

Asimismo, se exceptúan las actuaciones urgentes ante órganos públicos, judiciales o notariales, igual que las renovaciones de permisos y documentaciones oficiales. Tampoco se prohíbe ir o salir de municipios con las medidas en aplicación para hacer exámenes y pruebas oficiales o por causas de fuerza mayor. Se permite el transito interior dentro de las poblaciones si eres residente y lo pone en tu DNI.

No más de seis personas en reuniones o en mesas de bares

En cuanto a las reuniones de personas, el máximo de asistentes es de seis tanto en espacios públicos como privados. El aforo se restringe a un tercio en los lugares de culto y a un máximo de 15 personas al aire libre y 10 en espacios cerrados en velatorios.

Respecto a establecimientos, locales y servicios abiertos al público, el aforo queda limitado al 50% y su hora de cierre será a las 22:00 horas. En las instalaciones deportivas, el aforo en interiores se limita al 50% y en exteriores, al 60%. Sólo se permite la práctica de actividades deportivas a la vez a un máximo de seis personas.

Queda prohibido el consumo en barra de los establecimientos hosteleros y restauración. El aforo máximo en interiores es del 50% y del 60% en exteriores.

La distancia mínima entre sillas en mesas será de 1,5 metros y en cada mesa no podrá haber más de seis personas. La hora de cierre, salvo entrega a domicilio, será a las 23:00 horas, aunque no se podrá admitir más clientes a partir de las 22:00 horas.

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