La Fiscalía zanja la polémica de ilegalizar Bildu

La Fiscalía zanja la polémica de ilegalizar Bildu

Al rechazar la posibilidad de instar el procedimiento de ilegalización de Bildu por incluir 44 exconvictos de ETA en sus listas electorales, la Fiscalía da por zanjada la polémica.

De este modo responde también a la petición que le hizo la Asociación Profesional Justicia para la Guardia Civil (JUCIL) a ese respecto.

“En atención a su actividad, la legalidad de sus medios y la compatibilidad de sus fines con los principios democráticos, Euskal Herria Bildu constituye una formación política democrática”, concluye un informe.

Por lo tanto, “debe rechazarse la posibilidad de instar el procedimiento de declaración de ilegalidad a que se refiere el artículo 11 de la Ley Orgánica de Partidos Políticos (LOPP)”.

“No concurren indicios mínimamente racionales de ninguna de las conductas previstas en el artículo 9.2 LOPP que permitan entrar a valorar los hechos referenciados”, señala.

Asimismo, destacan que “ninguna de las conductas descritas en el artículo 9 determina aisladamente la disolución”.

Esto es, “la vulneración sistemática de las libertades y los derechos fundamentales”, como indica el artículo 9.3 de la LOPP.

A su vez, “el fomento o la legitimación de la violencia como método para la consecución de fines políticos o el apoyo político a la acción de organizaciones terroristas”.

Tampoco ve que se den los supuestos del 9.2. Es decir, cuando la actividad de un partido político “vulnere los principios democráticos”.

“Particularmente cuando con la misma persiga deteriorar o destruir el régimen de libertades o imposibilitar o eliminar el sistema democrático”, abunda el apartado.

Respecto a “la ausencia de condena expresa del terrorismo”, tampoco lo considera suficiente. De hecho, el informe remarca que “la doctrina constitucional le ha venido negando la consideración de indicio bastante para acreditar la voluntad defraudatoria”.

Dos partidos democráticos forman Bildu

Además, Bildu, según los fiscales, es una coalición de dos partidos que “han condenado y condenan públicamente la violencia terrorista”.

Igualmente, “han aceptado y asumido el ejercicio de la actividad política dentro del marco democrático y constitucional”.

Respecto a los exconvictos candidatos, “no consta, acreditado en indicios objetivos, que muestren intención alguna de volver a utilizar la violencia”.

Por tanto, la Fiscalía señala que “no se aprecia razón alguna para impugnar aquellas candidaturas”.

En ese sentido, considera “imprescindible” recordar que “ETA se disolvió en el mes de octubre de 2011”. También, que desde entonces ni los miembros de la banda terrorista ni la propia organización han cometido hechos delictivos otra vez.

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