Fiscalía pide cinco años de cárcel a Xabi Alonso por fraude fiscal

Fiscalía pide cinco años de cárcel a Xabi Alonso por fraude fiscal

Le acusa de tres delitos contra la Hacienda Pública durante los ejercicios de 2010 a 2012.
El ex jugador del Real Madrid y del Bayern de Múnich Xabi Alonso se enfrenta a la acusación de la Sección de Delitos Económicos de la Fiscalía Provincial de Madrid, que ha pedido cinco años de cárcel para él, por un supuesto fraude fiscal en relación a sus derechos de imagen durante los ejercicios de 2010,2011 y 2012. Igualmente, pide la misma pena para Iván Zaldúa Azkuenaga, su asesor fiscal, y para Ignasi Maestre Casanova, administrador de la sociedad Kardzali Comercio Serviços de Consultoría e Investimentos LDS, con sede en Madeira, que tenía cedidos los derechos de imagen del jugador, además de exigir a estos dos últimos el pago de una multa de cuatro millones de euros y, de forma con junta y solidaria, el pago de más de dos millones de euros a la agencia tributaria en concepto de responsabilidad civil, el perjuicio económico provocado a la administración tributaria más los intereses.
La Fiscalía sostiene que en 2009 los tres acusados articularon la cesión “aparente” de la explotación de los derechos de imagen de Alonso, “con la intención de que el mismo obtuviera un beneficio fiscal ilícito, firmando, el jugador, un contrato que simulaba la cesión a la sociedad Kardzali, una mercantil que pertenecía, a su vez, a una compañía con sede en Panamá de la que el ex futbolista era el titular del 100% del capital desde diciembre de 2009. La cesión de los derechos de imagen se hizo cuando Alonso tenía la condición de “no residente” en España, pero “mantuvo dicha estructura formal” los años siguientes, “al menos hasta 2012”, en que el acusado ya tenían la condición de residente fiscal español, según el escrito del Ministerio Público.
Añade que entre 2009 2012, el ex madridista explotó su imagen mediante empresas que le contrataban con la ayuda de Zaldúa y Maestre, no haciendo uso real de la sociedad de forma que está era “un mero instrumento formal de ingresos y pagos que no desarrolló función alguna en la explotación de la imagen del acusado”. Asimismo, Kardzali, entre 2010 y 2012, tuvo un rendimiento de actividades económicas “aparentemente” derivado de la explotación de los derechos de imagen de Alonso de 2.083.400 euros que debió haberse integrado en la base imponible del IRPF en los ejercicios correspondientes, y, al no hacerlo, supuso un perjuicio de 2.032.845 euros a la administración tributaria.

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