El Tribunal Supremo condena a Junqueras a 13 años de prisión, por sedición y malversación, y 12 a Turull, Romeva y Bassa

El Tribunal Supremo condena a Junqueras a 13 años de prisión, por sedición y malversación, y 12 a Turull, Romeva y Bassa

La sentencia del Tribunal Supremo estableció ayer las condenas a los doce encausados por el procés. Nueve de ellos seguirán en la cárcel y los otros tres, que ya gozaban de libertad, seguirán libres. A los nueves se les condena por sedición, cuatro de ellos en concurso medial –cuando un delito es necesario para cometer otro- con malversación.

Así, Oriol Junqueras, ex vicepresidente de la Generalitat, deberá cumplir 13 años de cárcel, la pena más alta de las impuestas. Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa han sido condenados, cada uno, a 12 años de prisión por sedición y malversación.

Josep Rull y Joaquim Forn solo son condenados, a 10 años y medio de cárcel, por sedición, pero son absueltos del delito de malversación. Carme Forcadell deberá cumplir 11 años y medio de prisión, mientras que Jordi Sànchez y Jordi Cuixart deberán pasar 9 años encarcelados. En todos los casos de los condenados por sedición se les añade la inhabilitación absoluta por el mismo periodo que su pena.

Por último, Santiago Vila, Carles Mundó y Meritxell Borràs reciben una condena de 1 año y 8 meses de inhabilitación especial y son multados, cada uno, con 10 meses con cuota diaria de 200 euros, es decir 60.000 euros aproximadamente.

En la sentencia, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo señala que los “indiscutibles episodios violentos” que se dieron en septiembre de 2017 no son suficientes para condenar a los ya sentenciados por rebelión.

Argumenta el alto tribunal que “la violencia tiene que ser una violencia instrumental, funcional, preordenada de forma directa, sin pasos intermedios, a los fines que animan la acción de los rebeldes” y que los altercados tampoco eran bastante por sí mismos “para imponer de hecho” la independencia y derogar la Constitución.

“Es violencia para lograr la secesión, no violencia para crear un clima o un escenario en que se haga más viable una ulterior negociación”, se asegura en el texto. Tal es así y que no era parte estructural que “bastó una decisión del Tribunal Constitucional” para que no se aplicaran las llamadas leyes de desconexión que aprobó el Parlament.

A ello, añade el tribunal, fue suficiente “la mera exhibición de unas páginas del Boletín Oficial del Estado” publicando la aplicación del artículo 155 en Cataluña para que algunos políticos salieran huyendo y los que se quedaron desistieran “incondicionalmente de la aventura que habían emprendido”.

De este modo, el Supremo asume la calificación jurídica que llevó la Abogacía del Estado, la sedición. Los magistrados, que han sentenciado unánimemente, consideran que los líderes del procés no instigaron actos de violencia.

En cambio, sí movilizaron a los ciudadanos “en un alzamiento público y tumultuario” con el objetivo de impedir la aplicación de las leyes y obstaculizar que se cumplieran las decisiones judiciales.

Todos los acusados tenían consciencia “de la manifiesta inviabilidad jurídica de un referéndum de autodeterminación”, a pesar de lo cual, razonan los jueces, lo ofrecieron a la ciudadanía como “el señuelo para una movilización que nunca desembocaría en la creación de un Estado soberano”.

“Bajo el imaginario derecho de autodeterminación se agazapaba el deseo de los líderes políticos y asociativos de presionar al Gobierno de la Nación para la negociación de una consulta popular”, indica el Tribunal.

En todos los casos, al no aplicarse la consideración de rebelión, sino sedición, las condenas quedan rebajadas casi a la mitad de lo que la Fiscalía pedía y en consonancia con las peticiones de la Abogacía del Estado.

Para Junqueras se pedía 25 años y pasa a ser condenado a 13, ya incluida la malversación. Lo mismo sucede con los demás, como en el caso de Sànchez y Cuixart, para quienes la Fiscalía pidió que fueran sentenciados a 17 años y lo son con 9.

En los casos de Vila, Mundó y Borràs, al ser absueltos del delito de malversación, no tendrán que volver a pisar la cárcel, quedando sus condenas en inhabilitaciones especiales y multas.

La Sala de lo Penal no atiende la petición de la Fiscalía de que los condenados deban cumplir la mitad de sus condenas para acceder al tercer grado penitenciario, por lo que, cuando corresponda, podrán disfrutar los fines de semana en libertad y pasar las noches en prisión de lunes a jueves.

Para esto queda muy poco en según qué casos. La decisión, así, queda en manos de Instituciones Penitenciarias. Tal es así que el alto tribunal señala que no es misión suya “evitar anticipadamente decisiones de la administración penitenciaria”.

Será el Govern el que clasificará a los reos en tercer grado penitenciario, de acuerdo con lo que estimen los técnicos, según ha declarado Ester Capella, consellera de Justicia. Mientras, María José Segarra, Fiscal general del Estado, ya anunciaba que “si la Fiscalía considera no adecuado el régimen penitenciario propuesto, presentará los recursos oportunos”.

Con todo, aquí no acaba el proceso. Las sentencias del Supremo son firmes, pero aun queda abierta la puerta del recurso de amparo ante el Constitucional y, si éste confirma la sentencia, aun podrían llegar a Estrasburgo, que llegarán. Antes de todo ello, el primer paso es plantear un incidente de nulidad ante el propio Supremo, que, como suele ser normal, lo desestima.

2 thoughts on “El Tribunal Supremo condena a Junqueras a 13 años de prisión, por sedición y malversación, y 12 a Turull, Romeva y Bassa”

  1. Hay que respetar las decisiones Judiciales y no darle mas vueltas. El Poder Judicial, nos guste o no a dictado sentencia y hay que acatarla y respetarla. Que se sigan los tramites reglamentarios, que nuestra Constitución contempla. AHORA ES EL TIEMPO DE LA POLITICA, POR LO TANTO LOS POLITICOS TIENEN QUE SOLUCIONAR ESTE ROMPECABEZA, ELLOS MEZCLARON LAS PIEZAS (MUY ESPECIALMENTE EL P.P Y LA JODIDA DERECHONA).
    YA QUE TIENE UN DIFICIL ENCUADRE.

  2. Desde hace unos cuantos días, porque hubo filtraciones, no se sabe quién o quienes las filtraron, los medios de comunicación sabían y publicaron que los presos políticos iban a ser juzgados por Sedición y no por Rebelión.
    No es de recibo que sea el Govern y las Instituciones Penitenciarias de Cataluña las que clasifiquen las libertades penitenciarias de los presos hasta el tercer grado, porque a los presos, los independentistas,o sea el Govern, les van a dar muchos privilegios. Por lógica correspondería al Ministerio de Justicia de España, aplicar esa competencia para que no se produzcan privilegios y para que los presos no vivan en una prisión dorada !¡Veremos cómo actúa el Govern con esa competencia a su favor! Los Españoles vamos a estar muy descontentos con los privilegios que van a tener los presos políticos, pero si se producen desmadres por parte del Govern a favor de los presos, se podrá recurrir ante el Supremo. ¡ Veremos lo que ocurre ! No nos fiemos de Torra con esa ventaja en sus manos.

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