El Rey, remiso a proponer candidato mientras no se pongan antes de acuerdo

El Rey, remiso a proponer candidato mientras no se pongan antes de acuerdo

Por el momento, el rey Felipe VI no convocará una nueva ronda de consultas con los partidos con representación parlamentaria. De este modo que las formaciones políticas podrán “llevar a cabo las actuaciones que consideren convenientes” cara a designar un candidato a la Presidencia del Gobierno.

Meritxell Batet, la presidente del Congreso, fue recibida este viernes por el monarca para comunicarle el fracaso de la investidura de Pedro Sánchez, jefe del Ejecutivo en funciones. Posteriormente, la Casa del Rey emitió un comunicado en la que señalaba el extremo de no convocar una ronda de consultas.

El jefe del Estado actúa, así, del mismo modo que lo hizo después de la investidura fallida de Sánchez en 2016. De esta forma, también deja claro que corresponde a los partidos políticos de la capacidad de actuar. El Rey pidió a Batet que traslade su decisión a las distintas fuerzas políticas.

El artículo 99 de la Constitución establece que se tienen que convocar nuevas consultas para designar a un aspirante a la investidura. En consecuencia, el jefe del Estado mantendrá “un contacto regular y permanente”, la presidente de la Cámara Baja a estos efectos.

Según contempla el apartado 4 de este artículo, en caso de que un candidato no logre superar la investidura, “se transmitirán sucesivas propuestas” mediante mismo procedimiento. Es decir, consultas con las formaciones políticas y propuesta de un aspirante por parte del Rey a través de la Presidencia del Congreso. Eso sí, se fija el plazo de dos meses como único límite desde la primera votación de investidura.

En cualquiera de los casos, el comunicado matiza que Felipe VI convocará nuevas consultas antes de que expire el plazo de forma que algún candidato pueda concentrar la confianza del congreso y forme un gobierno.

De este modo, podrá comprobar si hay posibilidad de proponer “un candidato la Presidencia del Gobierno que cuente con los apoyos necesarios”. En caso contrario, disolver las cortes y convocar elecciones, con la anuencia de la presidente del Congreso.

Así se hizo en 2016, después de que en marzo el ahora jefe del Ejecutivo en funciones tampoco obtuviera la confianza de la Cámara Baja. Entonces, el jefe del Estado convocó una ronda de reuniones a final de abril, antes de la fecha límite, el 2 de mayo. Al comprobar la falta de consenso, el 3 de mayo firmó el decreto de disolución de las Cortes y se convocaron elecciones, que se celebraron el 26 de junio.

Ahora, el plazo para que un aspirante a la presidencia del gobierno obtenga los respaldos suficientes expira el 23 de setiembre. De no lograrlo, los comicios se celebrarán el 10 de noviembre.

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