El papa Francisco dicta el levantamiento del secreto en caso de pederastia

El Papa Francisco dicta el levantamiento del secreto en caso de pederastia

Dos nuevas leyes ha puesto en marcha el papa Francisco que afectan a los casos de abusos de menores en los que están implicados representantes de la Iglesia, como el levantamiento del secreto pontificio.

Mediante la nueva norma, se acaba con el secretismo que, durante tantos años, ha imperado en los casos de abusos, por lo que, a partir de ahora, se traspasaron las competencias a las autoridades civiles.

Esta norma entrará en vigor se modo inmediato, y se impone la obligación de cooperar con la justicia cuando existan mandatos ejecutivos. Con ello, ya no se podrán esconder las miserias poniendo la excusa del “secreto pontificio”, por ello, las diócesis de cada país han de proporcionar toda la documentación acerca de los procesos y denuncias abiertas que posea y que haya solicitado la autoridad judicial. El director editorial de la Santa Sede, Andrea Tornielli, lo traslada de este modo: “Los documentos no serán de dominio público pero, por ejemplo, se facilitará la posibilidad de una colaboración más concreta con el Estado, en el sentido de que la diócesis que tiene una documentación determinada ya no está ligada al secreto pontificio y puede decidir —como debe hacer— colaborar transmitiendo copia de la documentación también a la autoridad civil”.

La decisión ha sido aplaudida por las víctimas, las cuales consideran esto supondrá una puerta abierta a la hora del tratamiento y seguimiento de los casos. Juan Carlos Cruz, una de las víctimas del obispo Fernando Karadima, señala que “se venía pidiendo hace muchos años porque permitía que obispos y cardenales se escudaran detrás de esto para esconder crímenes espantosos”. “La iglesia chilena es un modelo de cómo hacer mal las cosas. Muchos obispos deberían estar en la cárcel, pero siento que se les acabó el carnaval de la oscuridad y ahora tiuenen que colaborar con la justicia, entregar los documentos y dejar de escudarse tras esta pared del secretismo”.

Según recoge la ley, “no puede imponerse ningún vínculo de silencio con respecto a los hechos encausados ni al denunciante, ni a la persona que afirma haber sido perjudicada, ni a los testigos”. El secretario del Pontificio Consejo para los Textos legislativos ha señalado: “Esta instrucción quiere precisar el grado de reserva con la que deben ser gestionadas las noticias o denuncias concernientes a abusos sexuales por parte de clérigos o personas consagradas contra menores u otros sujetos determinados, y a aquellas eventuales conductas que tendiesen a silenciarlos o cubrirlos”.

La segunda ley promulgada por el Pontífice también se facilita que los procesos canónigos pasen a ser civiles. Otra novedad es que se eleva la edad mínima para que la pornografía no sea considerada infantil de los 14 a los 18 años.

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