Editorial “Seguridad Social y competencia autonómica”

La ruptura de la caja de la Seguridad Social no es ni siquiera un asunto a debate. Ni se puede negociar lo imposible, ni debatir lo absurdo. ¿Por qué? Porque al menos tres sentencias del Tribunal Constitucional, que conozcamos, dicen que la caja solo puede ser única: 1989, 1996 y 2013.
El criterio del Tribunal Constitucional es evidente desde hace 30 años (1989): la unidad presupuestaria de la Seguridad Social significa unidad de titularidad. Y si el Constitucional señala unidad de titularidad significa que el titular es único: el Estado.
Moralejas: 1, los españoles discutimos en forma circular, cada cierto tiempo nos enfrentamos por las mismas obviedades. Y 2, los españoles somos capaces de incluir en las leyes unas cuantas inconsistencias.
Como por ejemplo señalar que puede ser competencia autonómica la gestión de la Seguridad Social, tanto en el estatuto vasco como, sorprendentemente, en el estatuto gallego.

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