Desde hoy domingo las empresas tendrán que registrar el horario de sus trabajadores

Desde hoy domingo las empresas tendrán que registrar el horario de sus trabajadores

En virtud del Real Decreto Ley aprobado por el Gobierno en marzo, las empresas están obligadas desde hoy a registrar a diario la jornada laboral de sus trabajadores, una vez transcurrido el plazo de dos meses que se concedió para adaptarse a la nueva norma. Con esta medida se trata de cuantificar las jornadas laborales y, en consecuencia, las horas extraordinarias, además de los descansos.

Este registro deberá incluir el inicio y finalización de la jornada del trabajador, aunque ello no debe perjudicar a la flexibilidad horaria, organizándose y documentándose mediante la negociación colectiva o por acuerdo de empresa. En su defecto, será el empresario quien decida, previa consulta con los representantes legales de los empleados. Si no hay representación legal de los trabajadores la empresa establecerá cómo organizar y documentar el registro de jornada. También se prevé que se cree una comisión ad hoc para negociar el sistema registral o pactarlo con cada trabajador, reflejándose en su contrato.

Los registros de jornada deberán ser conservados por la empresa durante cuatro años, permaneciendo a disposición de los trabajadores, sindicatos e Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Si se incumple con ello, se enfrentaría a una posible sanción de entre 626 euros, si la falta se considera leve, y 6250 euros, si es grave.
A través de un comunicado, Trabajo informó de que el modelo de registro que se pacte tendrá que ser fiable y acreditar que no sea manipulable ni modificable a posteriori para, así, evitar fraudes, abusos o incorrecciones.

Puesto que se debe acreditar el comienzo y finalización de la jornada, en el caso de los elementos configurativos internos, es decir, las pausas, descansos y otros, será necesario que se deje constancia de su existencia para evitar que sea considerado tiempo de trabajo efectivo todo el horario comprendido entre el inicio y la finalización de jornada.

En distintos sectores y actividades con especialidades en tiempo de trabajo y descanso existen jornadas especiales de trabajo, para lo cual se aplicará el Real Decreto 1561/1995, de 21 de septiembre, sobre jornadas especiales de trabajo, puesto que en este se tienen en cuenta las singularidades capaces de afectar a la nueva obligación.

Si se demuestra que se está negociando la implantación con los representantes de los trabajadores o se prueba que de buena fe se está trabajando en ello, aquellas empresas que todavía carezcan del registro de horario de jornada no serán multadas, inicialmente, por Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Ha sido la propia Magdalena Valerio, ministra de Trabajo en funciones, quien ha instado a las empresas a cumplir “sin agobios” pero “con seriedad” esta medida, destacando que la Inspección actuará a partir del día 13 con “cabeza, mesura y sentido común”.

Mañana, el Ministerio publicará una guía práctica para empresas acerca del registro horario de jornada, puesto que, a pesar de que las empresas han dispuesto de dos meses para prepararse y cumplir con la norma, se han manifestado muchas dudas sobre el procedimiento a seguir.

Es el caso de las pequeñas y medianas empresas de las que habla Cepyme, como es la jornada laboral en situaciones como el teletrabajo, el trabajo por objetivos, el trabajo intelectual, los comerciantes, los trabajadores de servicios en domicilio del cliente o las empresas con diferentes localizaciones y en distintos husos horarios. “Esta norma introduce una obligación desproporcionada e innecesaria en el actual sistema de relaciones laborales y va a suponer un elevado coste para las empresas, especialmente gravoso en el caso de las pymes”, advierte la patronal de la pequeña y mediana empresa.

Desde los sindicatos también hay recelos hacia la nueva norma, al considerar que va a haber “bastantes problemas” a la hora de implantar de manera “asimétrica” el registro de jornada, advirtiendo de que en las empresas en las que no existe representación sindical los empresarios pueden recurrir a un sistema diseñado “a su antojo”. De ahí que reclamen al Gobierno que diseñe una ley “más cerrada”, con la obligación “total” del registro horario de la jornada.

2 thoughts on “Desde hoy domingo las empresas tendrán que registrar el horario de sus trabajadores”

  1. Me parece extraordinaria la decisión del Gobierno de Pedro Sanchez «PSOE»
    A raíz de esta decisión son los Empresarios y los Organismos Públicos, l0s que tienen que tomar controles y medida del rendimiento de los empleados. Sobre todo los «FUNCIONARIOS» (ya que ha estos los pagamos con dinero Publico)
    Osea convocar unas miles Plazas de Vigilantes/Inspectores que controlen las triquiñuelas que se hacen, al no tener vigilancia. No vale con que sea el Jefe o encargado de dicho Departamento (porque quien me dice que el jefe o encargado no haga de las suyas; Y también quien controla a estos).
    Miguel A. Salvador Quirantes

  2. como trabjador y ahora pencionista con mas de 50años cotisados sin contar las horas extraordinarias bueno no boi a contar mi istoria ,me parece que esta bien pensado lo de fichar con la huella dactilar porque hacin tiene que fichar en persona y no otro y es bueno que alla personas que defiendan a sus compañeros y de acuerdo con las empresas y escogidos por los mismos trabajadores y no liberado ,solo cuando cea necesario y tadas las horas y dias que hagan falta para defender los derechos de sus compañeros, pd imaginemos si en todos los centro de trabajos como industrias conctrutoras citios donde ce mueve mucho personal tu me ficha y yo teficho otro por ejemplo

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *