El Gobierno decreta una cuarentena de 14 días a los visitantes internacionales

El Gobierno decreta una cuarentena de 14 días a los visitantes internacionales

Todo viajero internacional que llegue a España deberá guardar una cuarentena de 14 días nada más se produzca a su llegada. Así se publica en una orden del Ministerio de Sanidad del Boletín Oficial del Estado (BOE) de ayer. Entrará en vigor el próximo 15 de mayo y se mantendrá vigente durante el estado de alarma o sus posibles prórrogas.

De este modo, se sigue la misma vía que han adoptado otros países europeos, fijando una cuarentena de 14 días a quienes entren en ellos. Hasta ahora, en España, sólo se aplicaba a las autorizaciones excepcionales para repatriaciones de españoles y residentes en España que venían de Italia. A partir de ahora sólo habrá algunas excepciones.

Según el Gobierno “la favorable evolución de la situación epidemiológica” en nuestro país y el comienzo de la desescalada “hacen preciso reforzar las medidas de control, de tal forma que, teniendo presente la distribución mundial del virus y en base al principio de precaución, se considera necesario aplicar a las personas que procedan del extranjero la necesidad de realizar una cuarentena durante 14 días”.

Así, los viajeros procedentes del extranjero tendrán que mantenerse en sus domicilios o alojamientos. Sus desplazamientos quedan limitados a la compra de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.

También podrán acudir a centros sanitarios, así como a otros lugares por motivos de fuerza mayor o situación de necesidad. Para cualquier desplazamiento es obligatorio el uso de mascarillas.

Igualmente, deberán cumplir con las medidas de higiene y prevención de la transmisión de la Covid-19, más aún si tienen contacto con convivientes. La orden también establece que las autoridades sanitarias pueden contactar con las personas en esa cuarentena de 14 días para llevar a cabo un seguimiento.

La cuarentena de 14 días no se aplicará a ciertos trabajadores

En cualquiera de los casos, si muestran los síntomas asociados a la enfermedad “deberán contactar por teléfono con los servicios sanitarios”. Para ello, las Comunidades Autónomas han habilitado números telefónicos y tendrán que indicar “que se encuentran en cuarentena por proceder del extranjero”.

Estas medidas no son de aplicación a los trabajadores transfronterizos, transportistas y tripulaciones. Tampoco a los profesionales sanitarios que vayan a ejercer su actividad laboral. Eso sí, cuando no hayan estado en contacto con personas diagnosticadas de Covid-19.

Agencias de viajes, tour operadores y compañías de transporte están obligadas a informar a los viajeros que estas medidas. Todo ello, antes de iniciar el proceso de venta de los billetes para viajar a España.

Además, para los viajes en avión, las compañías aéreas tendrán que proveer a los pasajeros del formulario de salud pública (Passenger Location Card). Este se empleará para localizar a los pasajeros, quienes deberán llevarlo consigo.

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