El Constitucional busca avalar sin fisuras la ‘ley Celaá’

El Constitucional busca avalar sin fisuras la ‘ley Celaá’

Esta semana, el Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado el borrador sobre el recurso de Vox contra la ‘ley Celaá’ para avalar, de este modo, sin fisuras, la norma.

Así, ha encargado a su ponente, el magistrado Ricardo Enríquez, la redacción de un nuevo texto con esa pretensión.

El que presentó respaldaba la ley, pero objetaba dos cuestiones relacionadas con la segregación por sexos del alumnado y en centros de educación especial.

En ese primer borrador, propuso declarar la constitucionalidad de la norma, salvo los artículos relacionados con estas cuestiones.

El articulado recoge que “los centros sostenidos parcial o totalmente con fondos públicos desarrollarán el principio de coeducación en todas las etapas educativas”.

Asimismo, obliga a no separar “al alumnado por su género”, de forma que las administraciones dispondrán las medidas necesarias “para evitar la segregación”.

Y es que la formación de ultraderecha ponía el foco en lo relacionado con la educación concertada, la educación religiosa, la educación diferenciada y los centros de educación especial. A su vez, contra la exclusión del castellano como lengua vehicular.

En ese sentido, el magistrado del Constitucional hace referencia a la parte de la ley que establece que “las administraciones educativas garantizarán el derecho de los alumnos y las alumnas a recibir enseñanzas en castellano”.

Pero también “en las demás lenguas cooficiales en sus respectivos territorios, de conformidad con la Constitución española, los estatutos de autonomía y la normativa aplicable”.

A juicio de Enríquez, la ley garantiza de este modo que el castellano no queda excluido como lengua vehicular. De hecho, en el borrador consagra la cuestión como un derecho constitucional “real”, no como una “fórmula vacía”.

Después del rechazo a su borrador, el magistrado ha aceptado redactar otro que recoja el espíritu de la nueva mayoría progresista del Constitucional.

Es decir, la declaración de constitucionalidad de toda la norma. Cuando se haya elaborado el segundo texto, deberá aprobarse por el Pleno del TC.

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