Congreso de los Diputados: las mascotas serán legalmente seres vivos con derechos, no cosas

No podrán ser embargados y se podrá regular un régimen de visitas en caso de divorcio.
El Congreso de los Diputados aprobó ayer por unanimidad una proposición del grupo popular por la que se modificará el Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil, siguiendo la línea de los códigos civiles francés y portugués, para distinguir a los animales de las personas, las cosas y otras formas de vida, como las plantas, para de ese modo impedir que se extienda la hipoteca a los animales, en el caso de la Ley Hipotecaria, y que se declaren inembargables a los animales, en el caso de la Ley de Enjuiciamiento Civil. La propuesta, que se debatió por la tarde ayer en el Pleno del Congreso, fue apoyada por unanimidad por lo que esta proposición de ley queda admitida a trámite y comienza ahora su andadura parlamentaria, pudiendo ser modificada con enmiendas, algo que ya han anunciado algunos partidos, pero se prevé que salga adelante sin problemas.
La legislación española se pone, así, a la misma altura que las legislaciones de Alemania, Austria, Suiza, Francia y Portugal, cambiando la consideración de los animales como cosas, pasando a ser seres vivos con derechos. Hasta hoy, los animales eran meras cosas, un bien mueble más, como un coche o un piso y podían ser incluidos en herencias sin otra consideración que su valor económico.

Más protección, pero también más obligaciones para los dueños
Rafael Hernando, portavoz del Grupo Popular en el Congreso, explicó que el objetivo es dar a los animales un rango diferente, otorgándoles “más protección”, pero, ha recordado, “también implica obligaciones para los tenedores de animales”. Del mismo modo, “se introducen en las normas relativas a las crisis matrimoniales preceptos destinados a concretar el régimen de custodia de los animales de compañía”, asentándose los criterios sobre los que el juez debe tomar la decisión de a quien entregar el cuidado del animal”, incluso, algo semejante a la custodia compartida, haciendo prevalecer el interés de los miembros de la familia y el bienestar de los animales.
Se pretende, también, evitar que las mascotas puedan ser embargadas ante impagos de rentas e impedir que “se extienda la hipoteca a los animales colocados o destinados en una finca dedicada a la explotación ganadera, industrial o de recreo”.
A su vez, la propuesta permite incluir como bienes inmuebles viveros, palomares, criaderos o colmenas, además de otros hábitats, cuando el propietario los coloque y los conserve para mantenerlos unidos formando parte de la finca.

Relación modulada por la cualidad de ser dotados de sensibilidad
En el documento propuesto se recuerda que “la relación de la persona y el animal, sea este de compañía, doméstico, silvestre o salvaje, es una relación de propiedad privada, si bien ha de ser modulada por la cualidad de ser dotados de sensibilidad sobre la que recae dicha propiedad”, y que, por tanto, “las facultades de uso y disfrute del animal, como la de su disposición sobre este, han de respetar tal cualidad”, atendiendo al bienestar del animal, evitando el maltrato, el abandono o una muerte cruel.
En el marco legal, la reforma del Código Penal en 2010 ya eliminaba del artículo 337 el requisito de ensañamiento para tipificar el maltrato animal como delito, y “resulta paradójico que el Código Penal ya distinguiera en 2003 entre los daños a los animales domésticos y a las cosas, mientras que el Código Civil sigue ignorando que los animales son seres vivos dotados de sensibilidad”, reconoce la propuesta de los populares.

Mientras el Código Civil español sigue considerando a los animales meras cosas, el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, en el artículo 13, “reconoce a los animales como seres sintientes, es decir, seres vivos dotados de sensibilidad”, por lo que este anacronismo que ya se ha reformado en códigos civiles como el catalán o el Código Civil francés, austriaco, suizo o alemán, que ya han sido modificados en este sentido, para cambiar el estatus jurídico de los animales de cosas a seres vivos, ahora corresponde hacerlo en el Código Civil español.
La Asociación Parlamentaria en Defensa de los Derechos de los Animales considera esta reforma como un “paso histórico”: “El arranque de una nueva conciencia jurídica en la que todos los animales serán sujetos de derechos bajo la protección de las leyes”

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