Alberto Rodríguez (Podemos) será juzgado por atentado y lesiones

Alberto Rodríguez (Podemos) será juzgado por atentado y lesiones

Un auto de Antonio del Moral, magistrado de Tribunal Supremo, ordena proseguir la causa contra Alberto Rodríguez, secretario de Organización de Unidas Podemos, por un supuesto delito de atentado y falta de lesiones, por los trámites del procedimiento abreviado.

Asimismo, da un plazo de diez días al Ministerio Fiscal para que solicite la apertura de juicio oral, formulando escrito de acusación. De no acusar, la solicitud del sobreseimiento de la causa o, excepcionalmente, la práctica de diligencias complementarias.

La instrucción del caso investigó unos hechos que ocurrieron el 25 de enero de 2014 en La Laguna (Tenerife). Allí hubo una manifestación contra el entonces ministro José Ignacio Wert. Supuestamente, Alberto Rodríguez propinó una patada a un policía.

Así, el juez dio trámite de audiencia a las partes. Por su lado, la Fiscalía pidió la adopción del auto de transformación en procedimiento abreviado, al apreciar indicios de delito.

Según la defensa, pidió que se decretase el archivo de la causa. En consecuencia, que se acordase el sobreseimiento libre por no haber quedado suficientemente acreditada la comisión de infracción penal alguna.

Aportó, para sustentar sus afirmaciones, un soporte digital con la grabación de algunos momentos seleccionados de la manifestación.

Sin embargo, Del Moral considera que “los argumentos que recoge la defensa en justificación de su petición son, en todo caso, más propios del plenario”.

Señala que “no se trata ahora de ventilar la culpabilidad o inocencia del acusado”. Tan solo se trata de “verificar si la acusación que anuncia el Ministerio Público goza de un fundamento razonable por consistir en imputación de hechos”.

La culpabilidad o no de Alberto Rodríguez se verá en el juicio oral

Añade que, “resultando típicos, cuentan con una base indiciaria que supera un estándar medio de potencialidad acreditativa”. Concluye que “la cuestión de fondo habrá de ser resuelta por el Tribunal competente a la vista de la prueba que pueda desplegarse en el acto del juicio oral”.

Así, apunta que los hechos aparecen bien delimitados desde el inicio de esta causa. En su origen está otro procedimiento en que se había abierto el juicio oral. Éste se remitió al Supremo después de que Alberto Rodríguez fuera elegido diputado.

Según el instructor, existen elementos bastantes para considerar provisionalmente al investigado posible responsable de los hechos. A renglón seguido relata lo referente a la manifestación.

“Tras algunos altercados entre manifestantes y efectivos policiales, […] Alberto Rodríguez, propinó una patada al policía causándole una contusión en la rodilla izquierda”, señala.

Por su lado, el también diputado morado niega la agresión. Sostiene que se limitó a participar en la manifestación. Explica que participó “junto a miles de canarios en una manifestación por la educación pública y contra los recortes”.

Aseguró en su declaración que “ni siquiera estaba en ese momento” cuando se produjeron las agresiones. Además, enmarca las investigaciones contra él en “la criminalización de la protesta social”.

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