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Las reformas laborales en España (II): la pérdida de derechos

LUNES, 13 DE FEBRERO DE 2012   ANTONIO MIGUEL CARMONA
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Comentábamos ayer que la concertación social de los setenta basada en el control de la espiral precio-salario, fue sustituida desde los ochenta por la cuestión de la contratación y el falso paradigma de la generación de empleo a partir de la pérdida de derechos por parte de los trabajadores.

Un nuevo paso atrás tuvo lugar en abril de 1992 por el que el Gobierno de la Nación presentaba en rueda de prensa un decreto-ley de reforma del mercado laboral que se sustanciaba elevando de seis a doce meses el período mínimo de cotización para poder cobrar una prestación por desempleo, derecho que también se recortaba.

El disenso, una vez más,  presidió la reforma laboral socialista de junio de 1994, sin el acuerdo de los sindicatos, flexibilizando la negociación colectiva y la contratación. Nacían nuevos contratos, entre los que cabe destacar el tan contestado contrato de aprendizaje también llamado contrato basura.

Más preocupados por la foto, el Gobierno de José María Aznar, acordó con los sindicatos y la oposición de la patronal, mantener la protección pública sin dañar la revalorización de las pensiones.

Pero más allá de cuestiones electorales, en noviembre de 1996 el Plan de Empleo Rural era sustituido por los conservadores por el Acuerdo para el Empleo y la Protección Social en la Agricultura, en el que el gobierno y los sindicatos complementaron la anterior norma.

El Acuerdo para la Estabilidad del Empleo y la Negociación Colectiva, firmado por los agentes económicos y sociales con el Gobierno de la Nación en abril de 1997, introdujo un nuevo contrato de fomento del empleo indefinido para los sectores más agredidos por el mercado lagoral (mayores de 45 años, parados de larga duración, jóvenes, discapacitados), reduciendo el coste de despido improcedente a 33 días por año. Se pretendía reducir la temporalidad temporalizando la estabilidad.

En marzo de 2001 el Gobierno de la Nación aprobó una reforma laboral por decreto ley ampliando el contrato de fomento del empleo y el contrato de formación, siendo ampliamente contestado por los sindicatos. El paradigma, tan falso como conservador, relativo a que la pérdida de derechos de los trabajadores animaba a los empresarios a contratar, había prendido alarmantemente en la política española.

Peor aún fue el decreto-ley de Reforma del Sistema de Protección por Desempleo de mayo de 2002 que fue tumbado por una huelga general y que pretendía disminuir aún más los derechos de los trabajadores.

Por otro lado, el acuerdo de mayo de de 2006 pensado para la reducción de la temporalidad y disminuir las cotizaciones sociales, acordado con todos los agentes económicos y sociales, fue la primera reforma laboral del gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero.

En junio de 2010 el gobierno socialista aprobó un decreto-ley de reforma laboral que flexibilizaba el despido a las compañías en situación económica difícil, generalizando una vez más el contrato de fomento del empleo que supone tan solo 33 días de indemnización.

El proyecto de Ley de reforma de la negociación colectiva de junio de 2011 otorgó por primera vez más protagonismo a los convenios de empresa que a los provinciales, redujo los plazos de renovación de los convenios e impulsó el arbitraje. ¿Y?, ¿qué resultado obtuvo?

Y ahora, empero, la primera reforma de Mariano Rajoy, tal como contábamos el viernes y el sábado, ahonda en la pérdida de derechos como garante para la creación de empleo. ¿Y el crecimiento?, ¿y el emprendimiento?, ¿la innovación?, ¿las exportaciones?

Sólo cabe una cuestión peor que un error: un error que dura demasiados años.

 




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